
La Sala IV despejó el camino para la aprobación definitiva de un proyecto de ley que reviviría la pesca de camarón con redes de arrastre, en el fondo marino.
Se trata del plan Ley para el aprovechamiento sostenible de la pesca de camarón en Costa Rica (expediente 21.478), que fue aprobado en primer debate en el Congreso, en noviembre del 2019, con 26 votos a favor y 18 en contra.
Al evacuar una consulta planteada por diputados, el Tribunal Constitucional declaró, por mayoría, que el proyecto “no contiene vicios de constitucionalidad de carácter sustancial de procedimiento ni fondo, siempre y cuando, en el último caso, se interpreta que la reforma al artículo 46 de la Ley de Pesca y Acuicultura preserva de manera intacta las competencias que les corresponden a los órganos del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente”.
La resolución consta en el sistema público de consultas del Poder Judicial.
Esta iniciativa reviviría el otorgamiento de licencias para pesca de arrastre a barcos semiindustriales, de 21 metros de largo por seis de ancho.
Esta actividad cesó el año pasado a raíz de que, en el 2013, la propia Sala IV suspendió la emisión de licencias al declarar inconstitucional este tipo de pesca por considerar que produce un grave daño ambiental.
El problema es la gran cantidad de especies que, en la pesca de arrastre tradicional, se capturaba aparte del camarón.
No obstante, los magistrados dejaron la puerta abierta para emitir nuevas licencias si estudios técnicos y científicos demostraban la efectividad de nuevas redes con dispositivos excluidores de otras especies, así como la “compatibilidad con el ideal de desarrollo sostenible democrático”.
Siguiendo esa línea, los diputados aprobaron un proyecto de ley con base en un experimento del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca), según el cual un nuevo tipo de red, de nombre AA Costa Rica, permite capturar un 75% de camarón por cada tonelada arrastrada y un 25% de otras especies, a la inversa de la técnica tradicional.
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Ese estudio recibió cuestionamientos de rigor científico por parte de la UCR y la UNA. Pescadores artesanales también se habían opuesto por considerar que la pesca de arrastre les reduce la disponibilidad de recurso marino.
Según el proyecto de ley, las redes que se autoricen en adelante deberán tener los dispositivos excluidores de peces y tortugas.
La propuesta también ordena al Incopesca determinar cuáles especies de camarón pueden ser aprovechadas comercialmente y exige a cada embarcación utilizar dispositivos satelitales para que respeten la zonificación de pesca establecida en el 2017.
El Incopesca definió que, de la costa hasta 70 metros de profundidad, mar adentro, se permite la pesca artesanal de camarón blanco de alto valor económico.
Luego, de los 70 metros hasta los 1.100 metros de profundidad, se permite la pesca semiindustrial, enfocada en las especies colorado (pinky) y fidel.
El proyecto prohibiría la pesca de camarón en los esteros, las desembocaduras de los ríos, los arrecifes, los parques nacionales y toda otra área que establezca el Incopesca.
El proyecto también le daría un año de plazo al Incopesca para que haga todos los estudios científicos y técnicos necesarios para entregar licencias de pesca comercial de camarón.
Los Magistrados Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal y Anamari Garro Vargas salvaron el voto y resolvieron que el proyecto sí contiene dos vicios sustanciales del procedimiento legislativo por infracción a los principios de objetivación de la tutela medio ambiental y de desarrollo sostenible democrático, así como de publicidad y transparencia.
“Por el fondo, declaran que la reforma propuesta al artículo 46 de Ley de Pesca y Acuicultura implica una violación a los principios de progresividad y no regresividad en la protección ambiental”, añadieron estos magistrados.
