Política

Procuraduría: Municipalidades carecen de potestad para manejar registros faciales de los habitantes

Órgano determinó que para poder recopilar, almacenar y utilizar datos biométricos de la población, los gobiernos locales necesitarían una ley especial que regule su uso

Cuando el sistema está encendido, el software observa los rostros captados por los cientos de cámaras y calcula si esas caras coinciden con una lista de “personas de interés” elaborada por los administradores escolares.
Cuando el sistema está encendido, el software observa los rostros captados por los cientos de cámaras y calcula si esas caras coinciden con una lista de “personas de interés” elaborada por los administradores escolares. Shutterstock para EF
Los datos biométricos constituyen información de las personas, como sus características físicas, fisiológicas y conductuales, la cual es recopilada mediante procesos tecnológicos. (Shutterstock para EF)

No existe ninguna norma que les permita a las municipalidades recopilar, almacenar y utilizar los datos biométricos de los habitantes, como por ejemplo sus rasgos faciales.

Para hacerlo, necesitarían una ley especial que establezca el fin de dicha medida, quién puede acceder a la información, la forma correcta de tratar los datos y los protocolos de seguridad para resguardarlos.

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