El departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa señaló que el plan del Gobierno para legalizar el consumo de la marihuana en Costa Rica conllevaría una posible inconstitucionalidad.
De acuerdo con el informe, redactado por el funcionario parlamentario Víctor Emilio Granados, la iniciativa es contraria a convenios internacionales firmados por el país ante las Naciones Unidas.
El documento cita que el artículo 7 de la Constitución Política establece que los convenios internacionales tienen, desde su promulgación, autoridad superior a las leyes.
“Examinando los convenios internacionales de la ONU, considera esta asesoría que, de forma explícita, el uso de cannabis no médico ni científico es una política que está expresamente prohibida por esos convenios, debidamente ratificados por el Estado costarricense”, señala el reporte de Servicios Técnicos.
Los acuerdos internacionales señalados por la asesoría del Congreso son el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes.
En el artículo 49 de la convención, que estipula las medidas transitorias firmadas en aquella época, señala que “el uso de la cannabis para fines que no sean médicos y científicos deberán cesar lo antes posible, pero en todo caso dentro de un plazo de 25 años a partir de la entrada en vigor de la presente Convención”.
Al respecto, Servicios Técnicos detalló que la Organización Mundial de la Salud (OMS) solicitó en el año 2020 a la Comisión de Estupefacientes de Naciones Unidas reclasificar el cannabis y sus derivados (que se encontraba en la lista de drogas más peligrosas en 1961). Dicha solicitud fue acogida.
No obstante, la asesoría parlamentaria señala que “esto supuso únicamente un paso en la utilidad medicinal y científica de esa droga, pero no autorizó su uso para otros fines”.
Interpretación alterna de los convenios
El informe señala que, si bien otros países han aprobado el consumo no médico de la cannabis, esas naciones se acogieron a una interpretación que no se encuentra en firme.
Se trata de la lectura del documento final de la Asamblea General de Naciones Unidas, del año 2016, en la que se reconoció que los tratados internacionales ofrecen a los Estados suficiente flexibilidad para formular y aplicar políticas nacionales en materia de drogas con arreglo a sus prioridades y necesidades.
A pesar de que varios países han impulsado la legalización de la marihuana, el departamento de Servicios Técnicos señala que ese debate no está resuelto claramente.
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El órgano de la Asamblea Legislativa, cuya opinión no es vinculante, estima que antes de aprobar el consumo recreativo del cannabis en Costa Rica, primero deben reformarse los convenios de Naciones Unidas. De esa manera se evitaría la posible inconstitucionalidad detectada en el proyecto de ley.
“Todas las posibilidades de reforma implican la obligación de que el Estado parte comunique al Secretario General de Naciones Unidas la propuesta de enmienda para su trámite. Si Costa Rica pretende la apertura del consumo del cannabis de adultos, debe seguir los procedimientos internacionales respectivos”, concluye.
Naciones como Uruguay, Canadá y Países Bajos han regulado el consumo recreativo de cannabis, al igual que varios estados de los Estados Unidos.