Política

Exprocurador Julio Jurado: Artículo invocado por Chaves es ‘anacrónico e inconexo’

Explica que la ley asignó al Ministerio Público la potestad acusatoria, pero un artículo que habla de la Procuraduría quedó en el Código Procesal Penal, desconectado del resto de la normativa

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El artículo 16 del Código Procesal Penal, utilizado por el presidente Rodrigo Chaves Robles para solicitar a la Procuraduría General de la República (PGR) que actúe como acusador en una causa penal, “es anacrónico” y está “desconectado del resto del código”, explicó a La Nación el exprocurador general, Julio Jurado Fernández.








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