
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó, la tarde de este martes, a Costa Rica por discriminar a un trabajador con discapacidad, a quien se le negó un trabajo en el Ministerio de Hacienda a causa de su condición en el año 2003.
Los jueces fallaron a favor de la víctima, Luis Fernando Guevara Díaz, quien obtuvo un empleo interino como misceláneo en esa cartera en el 2001. Dos años después él participó en un concurso para ocupar el cargo de manera permanente; sin embargo, la institución lo descartó bajo el argumento de que tenía “problemas de retardo y bloque emocional” y más bien lo cesó.
Por dichos hechos, los jueces de la Corte IDH decidieron, de forma unánime, condenar al Estado costarricense, tras constatar la violación de múltiples derechos a Guevara Díaz, incluyendo los derechos al acceso y la permanencia en el empleo, la igualdad ante la ley y la prohibición de la discriminación.
Durante el proceso, la representación de Costa Rica aceptó los cargos y reconoció su responsabilidad.
Como parte de la condena, la Corte le ordenó al Gobierno otorgarle a Guevara Díaz un empleo “de igual o mayor jerarquía” del cual fue separado, o bien, uno que se adecúe a sus aptitudes y necesidades. Si él decide que no quiere regresar a trabajar para el Estado, el Poder Ejecutivo deberá pagarle una indemnización de $25.000.
Además, el Ministerio de Hacienda deberá implementar un plan de capacitación para funcionarios en materia de igualdad y no discriminación de personas con discapacidad.
Los jueces tomaron su decisión el pasado 22 de junio, pero la dieron a conocer en una audiencia virtual, realizada este martes a las 2:30 p. m., y dirigida por el juez presidente de la Corte IDH, el uruguayo Ricardo Pérez Manrique.
“En particular, la Corte concluyó que el señor Guevara no fue seleccionado en un concurso público para ocupar un puesto en propiedad de trabajador misceláneo 1 por razón de su discapacidad intelectual, lo que también derivó en el cese de su relación laboral por el Ministerio de Hacienda.
“(...) Estos hechos, que fueron reconocidos por el Estado, constituyeron actos de discriminación en el acceso y permanencia en el empleo y, por lo tanto, una violación en el derecho a la igualdad ante la ley y a la prohibición de discriminación y al derecho al trabajo”, declaró Pérez.
En el acto estuvo presente Guevara Díaz, junto a su abogado Jorge Emilio Regidor Umaña. Por parte del Estado estuvieron Fernando Castro Padilla, letrado de la Presidencia de la Sala Constitucional; Sofía Cob Briceño y Steven Orozco Fonseca, asesores legales de la Cancillería; Maripaz de la Torre, asesora del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis); y Alberto David Guzmán Pérez, asesor de políticas públicas sobre discapacidad del Ministerio de Trabajo.
Esta es la segunda condena que la Corte IDH dicta contra Costa Rica en una semana. El miércoles anterior, el alto tribunal sancionó al país por violentar la libertad de prensa a dos periodistas de La Nación.
El caso
Guevara —actualmente de 52 años— es una persona con discapacidad intelectual. En el testimonio que rindió ante los jueces, José Guevara, su hermano, lo describió como “un joven alegre, con grandes deseos de servir como persona, muy colaborador”. En el momento de los hechos, tenía 33 años.
De acuerdo con su pariente, antes de ser contratado, Guevara Díaz laboró ad honorem durante varios años en el Ministerio de Hacienda, en tareas de limpieza, mandados y mensajería, hasta que la Oficialía Mayor del ministerio solicitó que fuera contratado de forma interina, en el 2001.
“Cuando fue interino le asignaron las funciones como a cualquier otro misceláneo y las cumplía a satisfacción, llegaba temprano y no faltaba, se apegaba a las instrucciones que le daban, lo mandaban como ayudante de labores de mantenimiento y también como ayudante del guarda de seguridad, en la entrada principal”, narró el pariente.
El hermano del ofendido declaró que Guevara Díaz “se sentía muy útil con la labor que estaba realizando” y que su discapacidad “no es ningún obstáculo para que él realice el trabajo de acuerdo a las capacidades que él tiene”.
En el 2003, la Unidad Técnica de Recursos Humanos del Ministerio instauró el concurso para asignar la plaza de misceláneo en propiedad. Guevara Díaz participó y obtuvo la mejor nota de la terna.
Pero el 13 de junio del mismo año, el jefe de Área de Mantenimiento institucional solicitó que no le dieran el trabajo.
“(...) Su labor no es satisfactoria. Por lo anterior y en virtud de la necesidad de personal que tenemos, solicito nombrar alguna persona funcional para el puesto. Por otra parte, le indico de que por sus problemas de retardo y bloqueo emocional que padece (información brindada por su madre), considero no es una persona acta (sic.) para el puesto”, dice la nota que envió el funcionario.
En consecuencia, a Guevara Díaz le informaron que no le otorgarían la plaza, y que su nombramiento interino cesaría en menos de una semana. Él presentó un recurso de revocatoria que fue rechazado y un recurso de amparo que se declaró sin lugar en la Sala Constitucional. Tampoco prosperó su reclamo ante la Dirección Nacional de la Inspección General de Trabajo.
El hermano de la víctima narró que a causa del despido, le dio una crisis grave de depresión, se negaba a salir de su cuarto, no comía ni dormía, mostraba poco interés y lloraba mucho.