El presidente de la República, Carlos Alvarado, aplicó la cláusula de escape fiscal para liberar al Consejo Nacional de la Producción (CNP), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y el Ministerio de Educación Pública (MEP) del límite de gasto permitido para 2021, sin justificar la supuesta la emergencia que estas atravesaban.
Alvarado ni su administración justificaron puntualmente a los diputados las razones por las cuales se eximió a dichas entidades de la norma y tampoco brindaron detalles sobre cómo se iban a gastar los fondos adicionales autorizados.
Tales fallas fueron señaladas por la Contraloría General de la República (CGR), en un informe de auditoría publicado el pasado 17 de diciembre, el cual señala al mandatario como jerarca responsable de la indebida aplicación de los escapes fiscales.
“Se determinó que los oficios del Poder Ejecutivo donde se comunica a la Asamblea Legislativa la aplicación de cláusula de escape, no especifican el sustento técnico ni jurídico desarrollado por la Comisión Nacional de Emergencias y el Ministerio de Hacienda”, asevera la CGR.
El informe sostiene que la situación no solo incumple con el objetivo de la reforma fiscal del 2018, que busca la estabilidad y continuidad de las finanzas públicas, sino que también deja a la vista la falta de criterios de parte de las instituciones que analizan si se aplica la cláusula de escape.
La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), pone un tope al crecimiento del gasto corriente que depende de las condiciones económicas del país y de su nivel de endeudamiento.
Dicha norma reza que cuando la deuda del país supere el 60% del producto interno bruto (PIB), únicamente se permitirá superar el tope de gasto en caso de una emergencia nacional declarada por la Comisión Nacional de Emergencias (CNE). El país está en emergencia nacional por la covid-19.
En el mes de agosto, el presidente Alvarado y el ministro de Hacienda Elian Villegas, autorizaron la aplicación de la cláusula de escape para el CNP por casi ¢43.000 millones, sin explicarle las razones al Congreso, lo que generó molestia entre los diputados de los partidos de oposición.
También se autorizó la misma excepción para el MEP por ¢41.500 millones y al INA por ¢20.000 millones. Adicionalmente, para el ejercicio presupuestario 2022, se contempla otra cláusula para el INA con el fin de ampliar la cobertura y servicios para reforzar la empleabilidad de las personas.
En el pasado mes abril, el gobierno comunicó la aplicación de ese mismo beneficio al Ministerio de Salud, por un monto de ¢40.500 millones. En este caso sí había una clara relación con la emergencia por covid-19, pues los fondos iban destinados a la compra de vacunas.
Sin responsables
Las instancias involucradas en el proceso de otorgamiento de la cláusula de escape son la CNE, Ministerio de Hacienda, Ministerio de la Presidencia y Presidencia de la República, siendo esta la que tiene la última palabra para aplicarla.
Sin embargo, la Contraloría señala que dichas entidades no han definido en conjunto cuáles son los requisitos que se deben cumplir para definir si se concede o no el beneficio, y que los insumos que aportan las instituciones solicitantes atienden únicamente lo solicitado por la CNE.
“Se determinó que los criterios técnicos y jurídicos que sustentan las actuaciones realizadas por las instancias involucradas en el proceso de otorgamiento de la cláusula de escape no son de conocimiento para las otras instancias que intervienen en el proceso, ni se detallan en las decisiones finales de los actores involucrados”, dice el informe.
La CGR señaló que las instancias que participan en este proceso incluso afirman no tener ninguna responsabilidad y señalan a las otras como las responsables del otorgamiento del beneficio.
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El presidente de la República, Carlos Alvarado, y Elian Villegas, ministro de Hacienda (der.), son los jerarcas responsables de la aprobación de las cláusulas fiscales. Foto: Cortesía Presidencia
Según recalcó, esto ha generado la inexistencia de información que facilite el seguimiento a la ejecución de la cláusula otorgada. Tampoco se han dado justificaciones sobre los gastos específicos que las instituciones pretenden excluir y las fases de la emergencia en la cual se va a aplicar la cláusula.
La Contraloría atribuyó las debilidades identificadas a que las instancias involucradas ven sus actuaciones de forma individual, desestimando la necesidad de criterios técnicos y jurídicos para realmente comprobar la emergencia que lleva a las instituciones a rebasar sus gastos.
En consecuencia, señaló, se dificulta la trazabilidad de las acciones desarrolladas, se pone en riesgo la sostenibilidad económica y el fin propuesto en la regla fiscal, en medio de un contexto crítico para las finanzas públicas.
“Las situaciones comentadas son incongruentes con el principio de coordinación, reconocido por la Sala Constitucional como uno de los principios rectores que debe mediar entre todos los entes y órganos públicos al ejercer sus competencias y prestar los servicios que el ordenamiento jurídico les ha asignado”, agregó el ente contralor.