
El Consejo Universitario (CU) de la UCR descartó que las actuaciones del rector Henning Jensen al autorizar una plaza para su hija, Elena Jensen, "configuren una causa grave que hiciera perjudicial su permanencia en su cargo".
Así se lee en el acuerdo del Consejo el cual fue aprobado este miércoles.
Los funcionarios del CU llegaron a esa conclusión al analizar un informe de una comisión especial que estudió el dictamen de la Contraloría Universitaria (OCU-R-111-2016) sobre las actuaciones del rector, referentes al nombramiento de su hija como psicóloga del Centro Infantil Laboratorio (CIL) de la Universidad de Costa Rica (UCR).
"Declarar que los hechos y actuaciones del señor rector, Henning Jensen, relatados en esa parte del informe de la Contraloría Universitaria una vez analizados de forma integral en los procesos institucionales y su rol contrastado con la documentación del expediente y testimonio, no configuran causa grave que hiciere perjudicial su permanencia en su cargo como rector de la Universidad de Costa Rica", explica el documento
Fue la Procuraduría de la Ética la que, el 31 de agosto, pidió al CU analizar la posibilidad de convocar la Asamblea Plebiscitaria para que estudiara si se le abría o no un proceso disciplinario a Jensen.
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El Consejo Universitario, el 14 de setiembre, pidió que una comisión especial elaborara un informe de la actuación del rector, y, con base en el documento, se analizaría la posibilidad de convocar a la Asamblea para que decidiera el futuro del jerarca.
Esta comisión rindió el informe al CU el pasado 8 de diciembre. Allí señaló que no existió ninguna irregularidad en el proceso de nombramiento de Elena Jensen Villalobos. El documento descartó también que el rector haya cometido faltas en la autorización del presupuesto para este nombramiento.
Además concluyó que la actuación del rector Jensen "se circunscribió a un rol instrumental de aprobación presupuestaria, como un eslabón de toda una cadena de instancias que intervienen en dicho proceso y que el nombramiento de Elena Jensen siguió todos los procedimientos institucionales y fue hecho directamente por la Dirección del CIL, no por el rector".
Con la decisión mayoritaria del CU, este órgano concluyó que "no existe causa que amerite elevar este caso a instancias universitarias superiores", como la Asamblea Plebiscitaria, única que podría revocar el nombramiento del rector si se constatara previamente, por autoridades competentes, la existencia de una falta grave que hiciera perjudicial su permanencia en el cargo, lo cual fue descartado por dicho órgano colegiado.
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"La revocatoria de mandato del rector 'resultaría desproporcionada e improcedente si se considera que sus actuaciones se realizaron dentro del marco jurídico predispuesto en los procedimientos de aprobación presupuestaria, los cuales, según su naturaleza, demandaban el cumplimiento de un deber ineludible atinente al cargo de rector'", explicó el Consejo.
Desde el 16 de junio del 2016, la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción del Ministerio Público sigue una causa judicial por este caso, la cual se tramita bajo el expediente 16-013340-042PE.
