La Contraloría General de la República (CGR) rechazó de plano dos apelaciones presentadas por la firma ICTSI y confirmó la adjudicación de la concesión para modernizar Puerto Caldera al Consorcio Sunset.
El órgano contralor concluyó que la oferta de la empresa apelante es inelegible por superar el límite de endeudamiento fijado en el cartel de licitación, indicó este miércoles la CGR en un comunicado.
Según su División de Contratación Pública, la relación deuda-patrimonio promedio de ICTSI durante 2021, 2022 y 2023 fue de 2,16 veces, cifra que excede el máximo de 1,75 establecido como requisito de admisibilidad en una cláusula del cartel de la licitación 2024-LY-CAL-000001-INCOP.
Esa cláusula define la deuda como las obligaciones financieras con terceros —de corto y largo plazo— que generan costos financieros, y excluye únicamente los pasivos operativos, como los relacionados con proveedores.
Qué alegó ICTSI
ICTSI sostuvo que su relación deuda-patrimonio real era de 1,33 veces y acusó al Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (Incop) de haber cambiado su criterio de evaluación al incorporar, de forma extemporánea, los pasivos por arrendamiento en el cálculo de la deuda.
Para la empresa, esto constituía un “grave error de ciencia y técnica contable” y generaba una nulidad absoluta del acto por violación al debido proceso.
Argumentó, además, que los pasivos por arrendamiento son de naturaleza operativa, que el componente financiero de la Norma Internacional de Información Financiera 16 sería un “artefacto contable no monetario”, y que por tanto no debían computarse como deuda según la definición del cartel.
La CGR calificó esa tesis de dogmática y extemporánea.
Señaló que el momento procesal adecuado para cuestionar el contenido del pliego era el recurso de objeción, no la apelación contra el acto de adjudicación.
Al no haber objetado oportunamente la cláusula 4.2, concluyó la CGR, su definición de deuda quedó firme y es de acatamiento obligatorio tanto para INCOP como para los oferentes —incluida la propia Contraloría—, por lo que a estas alturas no es jurídicamente posible introducir una interpretación restrictiva que excluya los arrendamientos de largo plazo generadores de intereses.
La División de Contratación Pública añadió que los propios estados financieros auditados de ICTSI reconocen explícitamente “gastos por intereses sobre pasivos por arrendamiento” y los clasifican dentro de sus actividades de financiación, lo que encaja exactamente con la definición de deuda del cartel.
Bajo la doctrina de los actos propios, argumentó la CGR, esa empresa no puede ahora solicitar que esos mismos pasivos se traten como simples ajustes contables no financieros en sede de licitación.
INCOP indicó que la resolución de la CGR confirmó la transparencia y legalidad del proceso de licitación realizado por la institución.
Rechazo de plano
La CGR concluyó que, al superar el umbral de 1,75 veces, la oferta de ICTSI es inelegible y que la empresa carece de legitimación activa para impugnar el acto final, dado que no tiene posibilidad real de resultar adjudicataria aun en un escenario hipotético en que se excluyera al Consorcio Sunset.
Por esa razón, se rechazaron sus recursos de apelación de plano por “improcedencia manifiesta”, y la Contraloría se abstuvo de analizar los demás argumentos de ICTSI relativos al procedimiento, la motivación o la valoración técnica de la propuesta adjudicada.
La resolución también descartó que se haya producido indefensión: los cambios entre el análisis preliminar y el informe final de recomendación son, según la CGR, actos preparatorios que la Administración puede corregir antes de la adjudicación.
Con la confirmación del acto de adjudicación, la vía administrativa queda agotada y ahora a Incop avanzar en la firma del contrato de concesión con el Consorcio Sunset, su refrendo, la orden de inicio y la transición entre el operador actual y el nuevo concesionario.
Según indicó la propia Contraloría en su comunicación oficial, cualquier consulta sobre el contenido del contrato ahora le corresponde responderla Incop.
La decisión de la CGR se conoce pocos días después de que la junta directiva del Instituto acordara extender hasta agosto de 2027 los contratos de concesión bajo los cuales opera actualmente Puerto Caldera, ante el vencimiento de las concesiones vigentes —previsto para agosto y diciembre de este año— y los plazos que aún restan para completar la nueva concesión.
Así lo explicó el ministro de Obras Públicas (MOPT), Efraím Zeledón.
INCOP y el MOPT habían defendido esta prórroga como una medida para garantizar la continuidad del servicio portuario mientras se completan la firma del contrato, el refrendo, la orden de inicio y el período de transición hacia el nuevo operador.
Sector empresarial apoya resolución de la CGR
La Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) dio a conocer su apoyo a lo resuelto por la CGR. De acuerdo con la organización, esta resolución es un paso clave para dar luz verde a una obra de infraestructura crucial que potenciará la competitividad del país.
“Esta resolución brinda certeza jurídica y despeja el camino para la suscripción del contrato y el inicio de un proyecto que el país ha esperado durante muchos años, indispensable para mejorar la eficiencia logística, reducir costos, fortalecer las cadenas de abastecimiento y responder a las demandas del comercio internacional”, afirmó la Uccaep.

