
La defensa de la democracia pasa, necesariamente, por la protección de quienes ejercen el periodismo.
Así lo reiteró este miércoles Yanancy Noguera Calderón, presidenta del Colegio de Periodistas y Profesionales en Ciencias de la Comunicación Colectiva de Costa Rica (Colper), al reaccionar a la resolución de la Sala Constitucional que amparó a tres periodistas por violaciones a su derecho a la libertad de prensa y al acceso a la información pública.
La resolución resolvió dos recursos de amparo presentados en setiembre por el Colper, a raíz de incidentes ocurridos en conferencias de prensa de la Presidencia de Costa Rica, donde los comunicadores alegaron haber sido víctimas de coacción, burlas, silenciamiento e intimidación por parte de autoridades y personal de seguridad del Ejecutivo.
“La libertad de prensa tiene que darse en amplitud, en plenitud; los periodistas tienen derecho a preguntar y la ciudadanía a conocer la información de rendición de cuentas de quienes tienen una posición pública y mucho más si esa persona es elegida con voto popular”, sostuvo Noguera.
Los recursos de amparo fueron en favor de los periodistas Héctor Guzmán Suárez, David Chavarría Hernández y David Bolaños Acuña, y fueron contra el presidente Rodrigo Chaves Robles; el ministro de Comunicación, Arnold Zamora; el entonces ministro de Obras Públicas, Mauricio Batalla, y el jefe de la Unidad de Protección Presidencial (UPP).
El Colper argumentó a la Sala Constitucional que tales conductas constituyen actos de censura y provocan autocensura: una forma de mordaza que va más allá del discurso y se transforma en un obstáculo real para el libre ejercicio del periodismo.
“En todas las sociedades funciona la auto coacción, el morderse la lengua, y las actuaciones del Presidente tienen ese efecto”, advirtió Noguera.
El Presidente con su forma de actuar olvida que su deber es tutelar los derechos humanos de todos y todas las personas, incluidas las que no piensan como él, con su forma de expresarse, de descalificar y ahora mandar a callar da un ejemplo que sin lugar a dudas tiene el efecto deseado y es que no se le pregunte.
— Yanancy Noguera Calderón, presidenta del Colper
“Con su forma de expresarse, de descalificar y ahora mandar a callar, da un ejemplo que sin lugar a dudas tiene el efecto deseado y es que no se le pregunte”, denunció.
Uno de los hechos denunciados ocurrió el 30 de julio de 2024, cuando Guzmán intentó leer el comunicado de la Sala IV sobre la “Ley Jaguar” y fue interrumpido por la entonces ministra de la Presidencia, Laura Fernández, quien desacreditó su pregunta.
En el recurso presentado, se aportan pruebas de videos y se asegura que, alzando la voz, Chaves calló al periodista Guzmán en los siguientes términos:
“… tenga el respeto, está hablando la ministra, por favor, usted ha sido muy irrespetuoso, se calla, se lo digo y la deja terminar y si tiene repregunta la hace, punto. Sí, a mí no me vengas con ser muy perspicaz. Adelante señora ministra, no le va a faltar el respeto a una ministra de la República de frente”.
A finalizar, golpeó una mesa y luego se volteó hacia altos funcionarios que lo acompañaban ese día.
Otra situación se produjo el 11 de setiembre de 2024, cuando Bolaños y Chavarría fueron rodeados por escoltas presidenciales mientras intentaban repreguntar al presidente y a la ministra Fernández.
Chavarría fue objeto de burlas del mandatario y del propio ministro Zamora, mientras que a Bolaños se le apagó el micrófono al insistir en que no se le había respondido.
Derecho universal y deber estatal
La fundamentación legal del recurso incluyó artículos constitucionales y convenios internacionales, entre ellos el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que protege el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.
También se mencionaron precedentes de la Sala IV, como la sentencia 2006-5977 y la resolución 12085–2023, que refuerzan el deber del Estado de garantizar el acceso a la información pública.
“La libertad de expresión tiene como consecuencia la prohibición de toda forma de censura. En una democracia, todos los temas son discutibles. La no censurabilidad de los sujetos tiene un carácter prácticamente universal, como lo establece nuestra Constitución”, destacó la presidenta del Colper.
A juicio de Noguera, la sentencia de la Sala IV representa un paso clave en la protección del periodismo independiente y en la garantía del derecho ciudadano a ser informado.
“La ciudadanía tiene derecho a conocer la información a través de las personas que hacen periodismo. Es un derecho fundamental tanto a la libertad de prensa como el acceso a la información”.
El Colper celebró la decisión del tribunal constitucional y pidió al Ejecutivo cesar todo acto que limite el ejercicio del periodismo.
“Agradecemos a la Sala IV mantener su consistencia en estas resoluciones y le pedimos y urgimos a las autoridades que comprendan que al resguardar la libertad de prensa estamos cuidando nuestra democracia”, concluyó Noguera.
