
Un ciudadano colombiano que gestionaba la green card en la oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis por sus siglas en inglés) en Kendall, Miami, terminó arrestado tras una revisión de antecedentes.
El sistema reveló que mantenía una orden final de deportación vigente desde julio de 2004.
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El Uscis informó en su cuenta de X que, al confirmar el registro, notificaron al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE por sus siglas en inglés) para ejecutar la detención.
La publicación estuvo acompañada de una imagen con el mensaje: “Las green cards son para quienes cumplen la ley, no para quienes la infringen”.
A Colombian national applying for a Green Card showed up at the USCIS Kendall field office in Miami where officers discovered he had a final order of removal dating back to July of 2004.
— USCIS (@USCIS) August 13, 2025
Immediately, our officers contacted @ICEgov and facilitated his apprehension. pic.twitter.com/WqcDuekyua
Cómo verificar si existe una orden de deportación en Estados Unidos
El despacho Curbelo Law detalló que existen tres formas principales para confirmar si hay una orden activa:
- Solicitar los registros migratorios mediante la Freedom of Information Act (FOIA).
- Consultar a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) al 1-800-898-7180, con el número de extranjero.
- Pedir revisión a un abogado de inmigración.
El bufete recomendó asesoría legal inmediata en caso de confirmarse la orden, ya que podría existir la posibilidad de pedir alivios migratorios como asilo, visas especiales o un ajuste de estatus por matrimonio con ciudadano estadounidense, siempre bajo los requisitos legales.
Opciones para apelar una orden de deportación
Curbelo Law señaló que las apelaciones deben presentarse en un plazo de 30 días tras la emisión de la orden, mediante el formulario EOIR-26.
También puede interponerse una moción para rescindir la orden en ausencia si se demuestra que la notificación no fue adecuada o contenía errores.
Consecuencias de no asistir a una audiencia
La ausencia ante un juez de inmigración suele provocar una orden de deportación en ausencia. Solo circunstancias excepcionales, como una enfermedad grave, pueden justificar la inasistencia y abrir la posibilidad de revisión.
Cuando se emite una orden, el plazo para abandonar el país oscila entre 30 y 90 días. Si no se cumple, las autoridades pueden ordenar detención, expulsión forzosa, prohibiciones de reingreso por varios años y restricciones en la obtención de visados.
En algunos casos, se puede solicitar la cancelación de la expulsión si la persona acredita más de diez años de permanencia continua en el país y cumple con otros requisitos legales. Si el juez aprueba la petición, es posible acceder a la residencia permanente y luego optar por la ciudadanía.
*La creación de este contenido contó con la asistencia de inteligencia artificial. La fuente de esta información es de un medio del Grupo de Diarios América (GDA) y revisada por un editor para asegurar su precisión. El contenido no se generó automáticamente.
