Si usted es un trabajador asalariado en Costa Rica, entonces tiene que saber que le van a aplicar varias deducciones legales de su remuneración todos los meses.
Como mínimo, hablamos de un 10%; aunque la reducción puede ser superior, por ejemplo, si gana más de ¢922.000.
Las deducciones de ley son el factor que explica la diferencia el salario bruto y el salario neto. El salario bruto es el monto total que usted, como trabajador, negoció en el momento de su contratación con su empleador. En tanto, el salario neto es el que termina recibiendo, una vez que se aplican los rebajos mínimos que establece la legislación.
En este artículo, le mostramos cuáles son las deducciones de ley que recibe todos los meses en su salario y cómo calcularlas correctamente.
LEA MÁS: ¿Tiene usted un salario bueno o malo? Compare su sueldo con el resto de Costa Rica
Una nota previa: La contratación laboral en Costa Rica enfrenta múltiples cargas. Algunas corresponden al patrono y otras al trabajador, pero en este artículo nos enfocaremos en las primeras (aunque también mencionamos cuáles son las segundas).
Deducciones mínimas
Lo primero que debe de saber sobre las deducciones salariales en Costa Rica es que cualquier remuneración, sin importar su tamaño, las paga.
Como mínimo, hay tres rebajo básicos:
— La cuota del Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), que es de un 5,5% de su salario.
— La cuota del sistema de pensiones, que en el caso del Régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM) es de un 4,17% de su remuneración.
— El aporte al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, creado por la Ley de Protección al Trabajador (7.983), que es de un 1%.
En otras palabras, como mínimo, su salario experimenta una reducción del 10,67% por cargas sociales.
LEA MÁS: Vea la tabla completa de los salarios en Costa Rica: le decimos cuán alto o bajo es el suyo
Una nota aclaratoria: El 1% dedicado a financiar el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, popularmente conocido como el ROP, primero pasa por el Banco Popular. En esa institución se quedan los recursos por un período de 18 meses y, por eso, en muchas publicaciones sobre el tema se le conoce a esta deducción salarial como “el 1% del Banco Popular”.
Deducciones extra
Las deducciones, sin embargo, pueden ir más allá de esta triada básica.
Otra deducción común es el Impuesto sobre la Renta. Sin embargo, este se cobra solo a partir de los ¢922.000 mensuales en Costa Rica.
El impuesto es de:
— Un 10% por el dinero que gana a partir de los ¢922.000 y hasta los ¢1.352.000.
— Un 15% por el dinero que gana a partir de los ¢1.352.000 y hasta los ¢2.373.000.
— Un 20% por el dinero que gana a partir de los ¢2.373.000 y hasta los ¢4.745.000.
— Un 25% por el dinero que gana a partir de los ¢4.745.000.
La barrera de los ¢922.000 mensuales es superada por pocas personas en Costa Rica. Según un análisis recientemente elaborado por este diario, un 50% de la población asalariada del país no gana más de ¢500.000 mensuales y solo cerca de una quinta parte supera el ¢1 millón.
También está la posibilidad de que, si usted es funcionario del Magisterio o del Poder Judicial, tenga que pagar una cuota más alta por su sistema de pensiones.
Otras posibles deducciones salariales son esas que usted, como trabajador, acepta por cuenta propia; por ejemplo, las afiliaciones sindicales o a las asociaciones solidaristas.
Algunos ejemplos
Para observar cómo se aplican todas las deducciones vamos a tomar como referencia varios salarios: uno de ¢500.000, otro de ¢1 millón, otro de ¢2 millones y otro de ¢5 millones.
En el caso de ¢500.000 mensuales solo se pagan las tres deducciones mínimas de ley y no el Impuesto sobre la Renta. Por eso, los rebajos totales representan solo un 10,67% de la remuneración total.
Pero en los otros tres casos sí hay que pagar el tributo de renta, aunque su efecto es diferente en cada situación.
Mientras que las deducciones de ley y el Impuesto sobre la Renta representan solo un 11,45% para un salario de ¢1 millón, la proporción sube a un 17,68% para el salario de ¢2 millones y a un 25,36% para el salario de ¢5 millones.
Esto ocurre de esa manera porque el modelo del impuesto está diseñado para que las personas con los salarios más altos sean quienes más tributen por ellos.
LEA MÁS: Vacaciones en Costa Rica: ¿cómo se calculan y se pagan las vacaciones de trabajadores?
Este ejercicio no contempló el pago de afiliaciones a asociaciones solidaristas o similares. En muchos casos, estas cuotas de participación implican un 5% o más adicional; aunque usualmente se relacionan con beneficios para el trabajador en materia de acceso a crédito, mejores condiciones de ahorro o similares.
Una nota de contexto: A pesar de que se podría pensar que las cargas para el trabajador en Costa Rica son altas, en realidad el país goza de un salario mínimo exento de renta relativamente alto en comparación con la mayoría de países desarrollados. En su más reciente informe de ‘Estudios Económicos: Costa Rica 2025′, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) recordó que en el país se empieza a pagar renta por concepto de salario a partir de un monto que representa “casi el doble del salario promedio”, mientras que en países como México basta con ganar un 60% del promedio y en la OCDE, en general, solo se necesita alcanzar un 30%.

¿Y las cargas patronales?
En materia salarial, sin embargo, las deducciones que reciben los trabajadores no son las únicas cargas que existen sobre las planillas.
Por el contrario, los empleadores deben de pagar diferentes montos adicionales, los cuales representan más de una cuarta parte de la remuneración total de cada trabajador.
Solo en materia de cuotas obrero patronales a la CCSS, los patronos deben de pagar:
— La cuota del SEM, que es de 9,25% por cada trabajador.
— La cuota del IVM, que es de un 5,42% por empleado.
Además, los patronos deben de pagar un 5% de sus planillas al Fondo de Desarrollo Social Asignaciones Familiares (Fodesaf), un 1,5% para el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y un 0,5% para el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
Otros rubros menores corresponden a pagos relacionados con la Ley 7.983, antes mencionada. El patrono debe pagar un 4,75% extra, dividido entre aportes a ROP y el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) del trabajador.
En general, las cargas para quien contrata representan más de un 26% del salario de cada colaborador.
Esto quiere decir que, si un empleador paga un salario de ¢1 millón, para poner un ejemplo, entonces tendría que pagar ¢266.700 de cargas sobre la planilla.
LEA MÁS: Hay una parte de su salario que es inembargable: le enseñamos cuál es y cómo calcularla
Un modelo criticado
La OCDE ha criticado, en repetidas ocasiones, al modelo tributario costarricense porque se recarga en gran medida en las cargas sobre las planillas y eso incentiva la informalidad laboral.
En ese sentido, según la entidad, el país podría por “más ingresos provenientes de otros impuestos generales como las rentas personales y los bienes inmuebles“ para disminuir esa “dependencia”.