
La reciente modificación de Ley en Panamá, que introduce requisitos de sustancia económica para las empresas panameñas que reciban rentas pasivas de fuente extranjera, podría tener implicaciones directas y concretas para grupos empresariales en Costa Rica que utilizan sociedades holding o vehículos legales en Panamá.
Más que un ajuste técnico, se trata de un cambio que obliga a revisar estructuras que, durante años, han descansado en la territorialidad como fundamento de eficiencia fiscal.
Para dar contexto al tema, conviene advertir que Panamá mantiene su sistema territorial, pero ahora se requiere cumplir con requisitos de sustancia para evitar cobro de impuestos por las rentas extraterritoriales.
Por lo tanto, a partir del período fiscal 2027, las rentas pasivas extranjeras —dividendos, intereses, regalías o ganancias de capital— solo conservarán su tratamiento no gravado si la entidad que las percibe demuestra sustancia económica real en el país.
Para grupos costarricenses, esto implica que aquellas sociedades panameñas utilizadas como holdings regionales o vehículos de inversión deberán justificar, con hechos, su rol económico.
En la práctica, esto se traduce en preguntas clave: ¿la entidad en Panamá toma decisiones estratégicas reales? ¿Cuenta con personal, infraestructura o funciones acordes a los ingresos que recibe? ¿Existe coherencia entre su perfil operativo y el volumen de rentas pasivas que canaliza?
La respuestas a este tipo de preguntas produce efectos directos en el tratamiento fiscal de las rentas pasivas, pues si no se logra acreditar el cumplimiento de estos requisitos de sustancia las entidades podrían ser categorizadas como “no calificadas” y enfrentar un impuesto del 15% sobre la renta neta gravable de dichas rentas.
En síntesis, este cambio no debe interpretarse como una desventaja competitiva de Panamá, sino como una evolución hacia estándares internacionales que, en la práctica, también aportan mayor sostenibilidad y robustez a las estructuras empresariales.
Para los grupos costarricenses, la oportunidad está en anticiparse: diagnosticar su situación actual, identificar brechas de sustancia y tomar decisiones informadas antes de la entrada en vigor en 2027.