El Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José ratificó, este miércoles 27 de agosto, la existencia de un vínculo laboral entre la plataforma de transporte Uber y uno de sus conductores.
El fallo a favor del conductor fue confirmado por los jueces mediante la resolución N° 2025-001146, luego de que la empresa elevara el caso a este órgano al negar el vínculo laboral que fue dictado por el Juzgado de Trabajo, en abril del 2024.
En la primera sentencia, confirmada en todos sus extremos por el Tribunal, se condena a Uber al pago de ¢9,5 millones por vacaciones, aguinaldo y cesantía. Al ser un proceso de menor cuantía, está limitado a un pago máximo de ¢15 millones.
Rafael Rodríguez, abogado del demandante, aseguró que esta es la primera sentencia vinculada a la compañía que es confirmada por un Tribunal de Apelación. El juez de primera instancia dio la razón al conductor, basado en el principio de subordinación.
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Uber Costa Rica indicó que respetan a las autoridades de cada país donde la aplicación está disponible. “Continuamos analizando la sentencia emitida el 27 de agosto de 2025″, señaló por escrito.
La empresa aclaró que los efectos de la resolución alcanzan solo al demandante y no afectan la disponibilidad de la aplicación como empresa de tecnología en el país “para ejercer una actividad económica independiente”.
El proceso judicial inició en 2023. El socio colaborador alegó que fue desconectado de la plataforma sin justificación alguna por parte de Uber.
Rodríguez señaló que como ya existía un antecedente previo que ratificaba una relación laboral entre la plataforma y un conductor, argumentaron que esta desconexión era un despido injustificado, bajo el contexto de la existencia de un vínculo laboral.
“Al Juzgado de Trabajo le pedimos que reconociera la existencia de la relación laboral, porque se generaban los tres supuestos que se requieren para que se dé una relación laboral, que es la prestación del servicio, la subordinación y la remuneración (...) El Juez en esa primera sentencia acreditó todo lo que nosotros habíamos solicitado (...) El Tribunal de Apelación determinó que la sentencia reúne todos los requisitos y rechazó la apelación en su integridad”, afirmó Rodríguez.
El abogado señaló que la plataforma tendrá que pagar obligaciones como vacaciones, auxilio de cesantía, preaviso, aguinaldos, así como daños y perjuicios, al ratificarse que fue un despido injustificado. También deberá reportarse el fallo a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), añadió.
Para el abogado, este proceso sienta un precedente para que cualquier colaborador de la plataforma, ya sea de conducción u otro servicio, pueda establecer que la relación con la empresa es laboral y así pedir que se reconozcan los derechos establecidos en el Código de Trabajo.

