
La Sala Constitucional admitió para estudio una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 10.889 de protección a las personas consumidoras en la custodia de su dinero, la cual regula la protección de los usuarios del sistema financiero frente a fraudes electrónicos.
Esta acción fue interpuesta por la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras de Costa Rica. En un comunicado de prensa, la organización afirmó que la admisión para estudio les fue comunicada mediante resolución el 1.° de julio pasado.
“La Cámara no cuestiona el objetivo de la ley. Lo que se somete al análisis es la forma en que fue aprobada, pues existen elementos que podrían constituir vicios sustanciales en el procedimiento legislativo y que deben ser valorados por el Tribunal”, explicó Luis Ortiz, asesor legal de la Cámara de Bancos.
La gremial solicitó a la Sala Constitucional declarar la inconstitucionalidad total de esta ley y que se analice lo que consideran como vicios identificados en el proceso de formación de la norma.
La Cámara también solicitó valorar la suspensión de “determinados efectos de la ley” mientras se emite una resolución definitiva sobre el fondo del asunto, aunque la organización no detalló cuáles en el comunicado de prensa.
En la acción de inconstitucionalidad, la Cámara de Bancos expone entre sus argumentos que el texto aprobado por la Asamblea Legislativa no fue sometido a consulta, pese a haber sido modificado sustancialmente.
La organización también consideró que se incorporaron temas que exceden el objeto original del proyecto, que existen dudas sobre la validez de su aprobación en la comisión legislativa y que el proceso de aprobación se caracterizó por una limitación del debate parlamentario.
Además, consideró que la normativa introduce competencias que consideran ajenas a las autoridades administrativas, como la Sugef. “Estos cambios impactan directamente a las instituciones financieras, aunque el reclamo se centra en la legalidad del proceso legislativo”, agregó Ortiz.
La ley de protección ante estafas electrónicas, aprobada en marzo, establece como regla general la responsabilidad objetiva de las entidades financieras por la sustracción de fondos a sus clientes, con excepciones limitadas.
