La Sala IV suspendió la aplicación de la ley que perdona deudas por ¢5.515 millones con el Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), a 2.400 productores.
La Contraloría General de la República (CGR) informó, en un comunicado de prensa, que el Tribunal Constitucional dio curso para estudio a la acción de inconstitucionalidad presentada, en junio anterior, contra Ley de apoyo a beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo.
“(La Sala concedió) la medida cautelar solicitada por la CGR indicando que la normativa impugnada es autoaplicativa, por lo que resulta aplicable de inmediato, ya que dispone la implementación de un trámite efectivo para resolver las solicitudes de condonación de deuda, para ser autorizada en los casos particulares”, destacó la Contraloría en el comunicado este martes 6 de julio.
El ente contralor sostuvo que los efectos cuestionados serían “irreversibles y afectarían gravosamente la Hacienda Pública”.
Los diputados aprobaron la norma cuestionada, en marzo anterior, y establece el perdón de créditos por un monto total de ¢6.242 millones debido al impacto de la emergencia provocada por la covid-19.
Sin embargo, la CGR detectó que el 82% del monto, es decir, los ¢5.515 millones, no está ligado con la pandemia. Se trata de 2.602 operaciones de crédito activas y 66 en cobro judicial, confirmó la Secretaría Técnica del SBD, el 19 de mayo pasado.
Iván Quesada , gerente asociado de la División Jurídica de la CGR, explicó que la Sala IV dio aceptó la acción para análisis de constitucionalidad este lunes 5 de julio.
“Los argumentos de la Contraloría son vicios en el procedimiento al existir una infracción al artículo 177 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, pues al aplicarlo en el trámite del expediente legislativo, no fue fue adoptada de forma unánime y violando además al principio de publicidad”, afirmó Quesada.
El vocero añadió que existe una falta de conexidad entre la exposición de motivos del proyecto de ley y su articulado.
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“La condonación establecida en la ley supuestamente busca mitigar el impacto que han tenido los sectores productivos ante la situación de emergencia provocada por la covid-19, pero se está utilizando esa figura de condonación para perdonar deudas, devolver bienes y dar por finalizados procesos judiciales”, afirmó Quesada.
En junio pasado, la Secretaría Técnica del Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), no dará trámite a ninguna solicitud de condonación de deudas.
Además destacó que serán respetuosos del principio de legalidad, de las resoluciones de la Sala Constitucional y de las disposiciones de la CGR.
Cuestionamientos
La legislación impugnada permite la condonación del 100% de las deudas de 2.705 operaciones de crédito que fueron otorgadas por el Fondo Nacional para el Desarrollo (Fonade), anteriormente Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (Finade).
La ley se aprobó en segundo debate, en la Asamblea Legislativa, el 24 de febrero.
Previo a la aprobación legal, el Banco Central y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) advirtieron que la decisión legislativa implicaba un daño a las finanzas públicas y una conducta oportunista.
En específico, la CGR pide anular dos artículos de la norma porque son contradictorios con la exposición de motivos de la legislación, por lo cual no quedan claras las verdaderas razones de la condonación de las deudas.
Esto significa, para la CGR, que se genera una inconstitucionalidad por falta de conexidad entre el medio escogido y el fin buscado. Además, porque hay una falta de razonabilidad y proporcionalidad en la medida aprobada por los diputados.
“En los artículos aquí impugnados es claro que las condonaciones reguladas en la ley de marras se dan sobre obligaciones antiguas del SBD e incluso operaciones ya declaradas como insolutos, lo cual es material y jurídicamente imposible vincular con la pandemia generada por la covid-19”, se destaca en en los argumentos de la entidad pública.
La Contraloría brindó, en su acción de inconstitucionalidad, varios ejemplos para justificar la desproporcionalidad de la ley.
Por ejemplo señaló que se autoriza la devolución de 10 fincas adjudicadas al SBD, como dación de pago por deudas, de operaciones otorgadas entre el 2015 y el 2019, en el programa Bancrédito-Proagroin.
El daño causado a fondos públicos por dicha medida se estima en ¢513 millones.