
El Juzgado Concursal ordenó el pasado 5 de enero la apertura de la fase de liquidación (conocida anteriormente como quiebra) de la Financiera Desyfin, entidad declarada inviable el 9 de octubre de 2024.
El caso de Coopeservidores también se encuentra en esta fase, con lo cual el Juzgado dispuso el inicio formal de ambos procesos concursales. Además, ordenó la conformación de una junta liquidadora para cada entidad, a cargo de las funciones de administración y representación legal.
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) declaró inviable a Financiera Desyfin y ordenó su proceso de resolución inmediato. Dicha gestión se extendió por un año y permitió la venta de una porción de los activos de la entidad.
Esta fase previa permitió que los ahorrantes con hasta ¢6 millones recuperaran el 100% de su dinero y que quienes tenían más de ese umbral recibieran el 75,58% sobre el exceso de dicho monto.
Desyfin fue intervenida por una deficiente administración de la cartera de crédito. Una fiscalización especial de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) determinó que las estimaciones por deterioro de una porción del saldo prestado eran insuficientes.
La fase de liquidación tiene como objetivo convertir los activos de las entidades en recursos líquidos, con el fin de pagar a los acreedores, según explicó el Poder Judicial en un comunicado.
En relación con los eventuales pagos, debe respetarse el orden de prioridad que establece la normativa. Esta labor será desarrollada por las juntas liquidadoras que se designen en cada caso.
En octubre pasado, la Administración de Resolución de Financiera Desyfin informó que la entidad residual tiene un valor de $126,75 millones. La cartera de crédito es el principal activo.
¿Qué sigue?
El siguiente paso en el marco del proceso concursal consiste en nombrar a las personas que fungirán como presidentes de las juntas liquidadoras. Posteriormente, se designará al resto de los integrantes de cada junta, entre los cuales figuran un representante de los acreedores y otro de los accionistas o asociados.
Una vez integradas, las juntas liquidadoras serán responsables de organizar y conducir el proceso de liquidación, así como de comunicar el procedimiento para la presentación y legalización de créditos por parte de los acreedores.
El Juzgado Concursal manifestó que se encuentra en una etapa de organización logística interna debido a la complejidad de los procesos y al alto número de personas involucradas en estos dos casos.
En ese sentido, el Juzgado señaló que está revisando los “múltiples apersonamientos” y preparando las notificaciones, con el objetivo de garantizar que la información llegue correctamente a todas las partes interesadas.
La labor se está realizando mediante una revisión manual, a cargo del personal del despacho, por lo que estiman que la mayor parte de las notificaciones formales se efectuarán durante febrero de 2026.
