El sector bancario costarricense criticó el alto costo que tendría el plan para que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) supervise y regule la conducta comercial de los proveedores financieros frente a los consumidores.
La Asociación Bancaria Costarricense (ABC) cuestionó el canon propuesto en el proyecto de ley 24.616, que las entidades tendrían que pagar al MEIC en caso de aprobarse esta iniciativa.
María Isabel Cortés, directora ejecutiva de la ABC, aseguró que el canon propuesto en la iniciativa “no se trata de un canon, sino de un impuesto”. Añadió que este es el principal problema de la propuesta contenida en el proyecto de ley, ya que se plantea “un impuesto que es a todas luces arbitrario, confiscatorio y desproporcionado”.
La iniciativa establece que los proveedores financieros paguen un canon de hasta el 1% de sus ingresos brutos anuales. Esta es la cantidad total de dinero que reciben sin descontar los gastos o impuestos.
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La ABC indicó que el 1% calculado solamente sobre los ingresos del Sistema Financiero Nacional cubre aproximadamente 144 veces el presupuesto que para el 2023 destinó el MEIC a la protección al consumidor, que fue de ¢1.169 millones. Esto representaría un aumento de un 14.347%.
Según cálculos de la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), solamente en la banca, sin incluir cooperativas o mutuales, 0,5% de estos ingresos brutos, es decir, sin llegar al 1%, equivale a unos ¢74.000 millones, cifra que supera en 4,4 veces el presupuesto anual del MEIC para 2024.
Solo el sistema bancario nacional generó ingresos brutos por ¢14 billones en 2023, de acuerdo con Danilo Montero, director de la OCF. Según la organización, el pago del canon se trasladaría a los consumidores financieros a través de tasas más altas u otros cargos.
Además, Cortés señaló que la materia financiera tiene alto grado de especificidad y de especialización técnica. Ante esto, consideró que lo procedente es que sean el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) y las superintendencias a las que se asignen los aspectos de regulación y supervisión en temas del consumidor financiero.
“En lo que concierne a las competencias de regulación y supervisión, en materia del consumidor y en lo atinente a conducta de mercado, lo adecuado es que esta función la asuma el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero y por las respectivas Superintendencias, según corresponda”, afirmó la directora ejecutiva de la ABC.
Por su parte, Montero señaló que, en el sector bancario, la mitad de ese porcentaje (0,5%) representa “una fortuna”. “Es una cantidad inmensa de dinero, equivalente a cinco veces el presupuesto completo del MEIC”, comentó el director de la OCF
Esta estimación solo abarca un segmento, ya que la ley también incluye a otras entidades reguladas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) y sus superintendencias, así como a personas o empresas vinculadas a actividades financieras.
También incluye a las personas o empresas que desarrollen, de forma independiente o complementaria, la promoción, asesoramiento, ejecución o cobranza relacionadas con productos o servicios financieros, independientemente de si están regulados o sujetos a supervisión.
“Con solo la mitad de ese 1% y solo cobrándole el canon a los bancos, alcanzaría para pagar casi cinco veces todo el MEIC (...) El costo nos parece exageradamente bárbaro“, manifestó Montero, en una entrevista con La Nación.
El MEIC indicó que determinó un límite máximo del 1% de los ingresos brutos anuales de los proveedores financieros tomando en cuenta tres factores: cálculo del costo estimado de la estructura propuesta en el proyecto; el límite máximo del 2% de los ingresos brutos del canon que financia actualmente la supervisión prudencial; y el monto que en dicha supervisión se cubre actualmente con el canon.
El Ministerio añadió que el monto efectivo recaudado dependerá del presupuesto que se defina, las características de los sujetos regulados y de los ingresos derivados de las actividades vinculadas a esta ley.
Consumidores afectados
La OFC estima que el requisito de pagar el canon por parte de los proveedores financieros afectaría, principalmente, a los consumidores, ya sea de productos bancarios, de seguros u otros.
“Uno podría pensar muy cándidamente de que las entidades no le van a trasladar ningún costo al consumidor, pero nos parece que no estamos para épocas tan bondadosas (..) No vemos otra forma, se lo van a trasladar al consumidor”, afirmó Montero.
De igual manera, las cuatro superintendencias enviaron un oficio dirigido a la Asamblea, en el que manifestaron que con la iniciativa, el MEIC necesitaría desarrollar o adquirir costosos sistemas informáticos y atraer personal especializado.
Bajo ese panorama, las superintendencias destacaron que todo el costo sería asumido por los propios consumidores, ya que el proyecto de ley sugiere obtener de todos los supervisados hasta 1% de sus ingresos brutos.
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Además, el director de la OCF manifestó que el proyecto de ley pretende la creación del MEIC como una quinta superintendencia, enfocada exclusivamente en la conducta de mercado.
En ese sentido, Montero remarcó que los servicios y productos financieros son cada vez más complejos, no solo por su diseño, que incluye condiciones más específicas, sino también por estar vinculados a problemáticas como tasas de interés, tipos de cambio y condiciones económicas generales.
“Incorporar a otro regulador, que además no está especializado, nos parece que no ayuda al consumidor financiero. Va a haber un momento en que podríamos tener confrontación o conflictos entre regulaciones que emanan de instituciones diferentes con relación al mismo producto”, cuestionó Montero.
Unidad técnica
El MEIC sería la entidad encargada de asegurar el cumplimiento de la regulación. Además, tendría que emitir toda la normativa general, las políticas, guías, manuales, directrices y procedimientos relacionados con la conducta de negocio.
Para aplicar lo propuesto en la ley, el MEIC contaría con una unidad administrativa de independencia técnica, financiada mediante el presupuesto nacional y el canon que establece la iniciativa.
Dicha unidad estará facultada para dictar normas generales mediante resolución general, las cuales serán de acatamiento obligatorio por los proveedores financieros supervisados por el Ministerio.
El Ministerio también podrá contratar los servicios, asesores y consultores que considere pertinentes para el cumplimiento efectivo de las funciones asignadas en la ley, según lo establece el proyecto.
Lo recaudado mediante el canon se destinará únicamente al cumplimiento de obligaciones establecidas en el proyecto, según el MEIC. Esto incluye cubrir los costos operativos y sustantivos necesarios para la implementación y supervisión de las disposiciones
El MEIC indicó que su supervisión estaría orientada a la transparencia, el trato justo, la accesibilidad de información, la resolución de quejas y el cumplimiento de los derechos de los consumidores financieros.

