El Tribunal de Apelación de Goicoechea ordenó efectuar un nuevo juicio por el crimen del coreógrafo José Andrés Murillo Arroyo (34 años), ocurrido el 12 de febrero del 2013, en Heredia.
El 11 de junio de este año, el Tribunal Penal de Heredia condenó a 17 años de prisión a Jorge Andrés Alfaro Sandí y a su primo Steven Alfaro Sandí, por el delito de homicidio simple.
El 17 de noviembre, al resolver la apelación, los jueces argumentaron que el Tribunal de Juicio no consideró que existió alevosía (planeamiento) y que ello podría significar que se trate de un homicidio calificado, cuya pena es de entre 20 y 35 años de cárcel.
El homicidio simple tiene un castigo de entre 12 y 18 años de prisión.
“El Tribunal excluye la alevosía, a pesar de contar con indicios que, al no examinar de forma integral, le permitían extraer un plan dispuesto por ambos encartados, en el que uno de ellos –Jorge Andrés Alfaro– emboscó al ofendido”, indicaron los jueces de Apelación.
Señalaron que en el vehículo se halló un martillo que no le pertenecía a la víctima (aunque no fue utilizado en el ataque), así como el hecho de que uno de los sujetos sostenía al ofendido mientras otro le pegaba.
El recurso de apelación fue presentado por la Fiscalía de Heredia y fue apoyado por el abogado Henry Vega, quien representa a la familia de las víctimas. El alegato fue que, por la forma en que los acusados abordaron al coreógrafo, sí existió alevosía.
La resolución la dictaron los jueces Ana Isabel Solís, Ana Lorena Jiménez y Rafael Gullock.
Se está a la espera de que se señale la fecha del nuevo juicio, en el que se discutirá únicamente la calificación jurídica del hecho.
A ambos imputados se les amplió la prisión preventiva durante seis meses.
Ataque. José Andrés Murillo fue asesinado en su vehículo, el cual fue encontrado estacionado en Barreal de Heredia.
Dentro del carro estaban los primos Alfaro Sandí.
Durante el debate, el principal imputado alegó que él era víctima de acoso sexual por parte del bailarín. Incluso, aseguró que, el día del crimen, José Andrés le había agarrado fuertemente los genitales y que eso lo molestó.
La defensa argumentó que el acusado le dio una golpiza en defensa propia y que el primo no tuvo nada que ver en la agresión, sino que llegó al sitio cuando su allegado lo llamó para que le ayudara a pasar el cuerpo de asiento.
Sin embargo, el Tribunal Penal descartó que hubiera hostigamiento y determinó que la víctima tenía la “ilusión” de tener una relación con Jorge Andrés.
Los jueces resaltaron que, según la versión del primo, su familiar había quedado de encontrarse con el bailarín, lo cual denota que había acercamiento.
Agregaron que, aunque el crimen fue “atroz”, no se comprobó la alevosía y el ensañamiento.
La Fiscalía había solicitado la pena máxima de 35 años de prisión por homicidio calificado, pero el Tribunal se inclinó por el delito de homicidio simple.