Judiciales

Sala Tercera establece que penetración vulvar es delito de violación

Mayoría de altos jueces instauró criterio unificador para tribunales penales. Una magistrada emitió voto disidente y afirmó que ilícito solo puede darse cuando la invasión sobrepase el portal himeneal

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La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia estableció que el delito de violación se puede configurar también con la penetración vulvar o vestibular, es decir, cuando un individuo introduce o roza con el pene o un dedo los genitales externos femeninos (región vulvar).

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Carlos Arguedas C.

Carlos Arguedas C.

Trabajó en La Nación hasta el 2022. Periodista en la sección de Sucesos. Trabaja en La Nación desde el 2000 siempre en la cobertura de asuntos de Sucesos y Jurídicos.