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Los fiscales José Pablo Miranda y Melissa Quirós expusieron sus réplicas luego de las conclusiones de la defensa de los imputados. Foto: Eillyn Jiménez
El Ministerio Público pidió al Tribunal de Juicio de Goicoechea que se eleve al Consejo Superior el análisis de los argumentos brindados por el abogado Francisco Dall’Anese Ruiz durante las conclusiones de un juicio por presunto tráfico de influencias.
La petición la hicieron Melissa Quirós Rodríguez y José Pablo Miranda Hurtado este lunes, durante el periodo de réplica en el caso que se sigue contra la exfiscala adjunta, Berenice Smith Bonilla; el ex subjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa Sánchez, y el actual alcalde de San José, Johnny Araya Monge.
A los tres se les vincula con un presunto delito de tráfico de influencias antes de las elecciones municipales del 2016, cuando, según el ente acusador del Estado, habrían “desvirtuado la información de que Araya Monge figuraba como persona imputada en una causa penal”.
A criterio de los representantes de la Fiscalía, Dall’Anese, abogado de Smith, incurrió en ofensas y los acusó de peculado el viernes, por lo que plantearon la solicitud.
“No es posible que una persona que ostentó el cargo de fiscal general se dedique durante una hora, sin elemento probatorio alguno, a despotricar en contra de dos personas que nada más están realizando sus labores y que nada más vinieron aquí a realizar un trabajo.
“Las aseveraciones de don Francisco (Dall’Anese) son graves, infundadas y temerarias (...).
“Quisiéramos solicitar al Tribunal que con base en las potestades previstas en el artículo 128 del Código Procesal Penal, siendo esta la posibilidad que tiene el Ministerio Público para solicitarle que ejecute las funciones de vigilancia que tiene para que las partes cumplan con los deberes procesales previstos en la normativa que regula el ejercicio de nuestra función, que haga cumplir lo establecido en la normativa del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, previsto en el artículo 15 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos de Profesionales en Derecho, que establece que ninguna de las partes podrá utilizar tratos irrespetuosos y que deberá abstenerse de utilizar términos despectivos, irrespetuosos o peyorativos al dirigirse a otra parte dentro del proceso.
“Remitiéndonos a lo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial y es que el artículo 219 (...) se explica que no podrán en juicio las partes utilizar ofensas, frases injuriosas, despectivas o irrespetuosas contra los colegas, partes o personas que interfieren en los juicios y que eso podría ser objeto de una multa.
“En ese sentido, le solicita muy respetuosamente el Ministerio Público al Tribunal (...) que se comunique lo acaecido el viernes pasado en la etapa de conclusiones del señor Francisco Dall’Anese al Consejo Superior, para que sea el órgano competente de nuestra institución el que determine si se incurrió en alguna de las faltas administrativas que se disponen en la normativa disciplinaria, considerando el Ministerio Público que sí se incurrió en ella porque se nos acusó de cometer delitos y faltas éticas y morales sin sustento probatorio alguno, lo cual no es menor, es grave acusar a una persona de cometer un delito sin dar prueba alguna para respaldar”, explicó ampliamente Quirós.
Poco después, su compañero José Pablo Miranda replicó la petición de que se eleve al Consejo Superior el análisis de los hechos.
Sobre esa petición, el litigante dijo que es derecho de los fiscales hacer la petición y que está tranquilo.
“En una democracia una persona cualquiera puede acusarlo a uno, eso no lo controla uno, el asunto es que tengan la solvencia para acreditar que son ofensas.
“Yo me basé completamente en la prueba, los razonamientos fueron jurídicos y no una cuestión de carácter personal, ellos sí nos mandaron a estudiar a la universidad, todavía hoy haciendo las réplicas dijeron que ellos eran jóvenes y podían interpretar la computación y nosotros no, en fin, eso es parte del show que se viene haciendo”, respondió Dall’Anese.
Durante el periodo de réplica, Miranda también se refirió a los datos expuestos por la abogada Natalia Gamboa Sánchez, quien el jueves pasado cuestionó que él quiso dar una lección sobre protección de datos, pese a que había sido sancionado en el 2015 por acceder a los registros del futbolista Keylor Navas Gamboa.
Sobre esto, el fiscal reconoció la sanción de cinco días y dijo que es algo que probablemente va a arrastrar, pero que no tiene relación con el caso.
“No tengo ningún problema en señalar que yo acepté mi participación e impugné este tipo de actuación en el Contencioso Administrativo y tuve una sanción diferenciada de cinco días, porque no fui suficientemente conteste con la protección de mi contraseña y usuario”, dijo Miranda.
Daño
Después del periodo de réplica, Juan Marco Rivero Sánchez, Natalia Gamboa Sánchez y Federico Campos Calderón, defensores de Johnny Araya, Celso Gamboa y Berenice Smith, respectivamente, hicieron uso de la contrarréplica para defender sus argumentos.
Entre otras elementos, reclamaron una vez más al Ministerio Público el uso de funcionarios de la Oficina de Atención y Protección a Víctimas y Testigos para acompañar a algunos de los testigos del caso, debido a que en su criterio no se justificaba.
Por otra parte, al cierre del debate los acusados hicieron uso de la palabra.
Araya fue el más extenso de los tres y calificó de “irreparable” el daño que ha tenido su persona y los otros dos imputados en este proceso.
Insistió en que él es inocente y por ello pidió que se le absuelva por certeza.
“He sido víctima del sistema judicial de este país (...). Los daños que he recibido son irreparables, espero tener un resultado positivo en este juicio, me lo merezco (...), pero el daño es irreparable, hay muchos ciudadanos que van a seguir refiriéndose a mí como un corrupto y en buena medida es por este proceso”, aseguró el jerarca municipal.
Araya también destacó que el daño sufrido Berenice Smith “es demoledor y que ha despedazado la vida” de ella.
Poco después, Berenice Smith agradeció al Tribunal y a sus defensores, Campos y Dall’Anese, el haberla acompañado en este proceso y, de igual forma, pidió que se le absuelva por certeza.
El viernes pasado en sus conclusiones, Campos manifestó: “Todo esto ha sido un infierno para Berenice Smith y su familia, les ha generado un daño terrible con una acusación que ni siquiera tiene el dolo, que es uno de los elementos esenciales”, aseveró.
En tanto, Celso Gamboa, solicitó lo mismo que los otros acusados y destacó que ante este proceso ha tenido que soportar calificativos de las personas cuando está en lugares públicos.
“Si hubiera querido darle una ventaja indebida (a Johnny Araya) podía resolverlo y lo mandé a hacer fila (...). Para nosotros como personas este proceso ha sido desgastante”, recalcó Gamboa.
Para el próximo miércoles 24 de marzo está prevista la lectura del Por Tanto de este caso, en el que la Fiscalía pidió una pena de cinco años de prisión, con la opción de beneficio de ejecución de la pena para cada uno de los imputados, mientras que la defensa pidió la absolutoria.
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El Tribunal Penal a cargo de este debate está compuesto por las juezas Adriana Tenorio Jara (centro) e Ivannia Delgado Calderón y el juez Roy Jiménez Mata. Foto: Eillyn Jiménez
Los hechos
A los tres implicados en este caso se les relaciona con hechos ocurridos antes de las elecciones municipales del 2016, cuando supuestamente se afectó la información de un expediente en el que figuraba Araya Monge.
El político aparecía, junto con otras tres personas, en una causa por el supuesto delito de influencia contra la Hacienda Pública, la cual, al final, fue desestimada en marzo del 2016.
Los hechos que originaron este asunto se remontan a diciembre del 2015, cuando La Nación pidió al Ministerio Público corroborar si Johnny Araya y los otros 604 candidatos a alcaldes tenían investigaciones abiertas.
La presunta anomalía en el expediente en que figuraba Araya consta en una denuncia presentada ante la Inspección Judicial por la jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas Vindas.
De acuerdo con la funcionaria, en la gestión a favor del actual jerarca municipal habrían intervenido el entonces fiscal adjunto Celso Gamboa y el asistente de la Fiscalía General, Justo Pastor López, así como la otrora fiscala adjunta de Probidad, Berenice Smith.
Según el artículo 52 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, el tráfico de influencias es castigado con pena de prisión de dos a cinco años.