El 9 de diciembre del 2025 culminó el juicio contra Félix Alejandro Pecou Johnson, de 58 años, quien fue jefe de Proveeduría de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva), y contra el empresario Javier Fonseca Castañeda, a quien se le adjudicó de manera irregular un servicio millonario.
El caso se remonta al 2005 y el perjuicio económico en contra del Estado se valoró en más de ¢115.000.000. El Ministerio Público aclaró que Pecou fue jefe durante el periodo de la investigación y, bajo esas calidades, se le juzgó en el juicio.
La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta) logró una sentencia de ocho años de prisión para cada uno de los imputados por dos delitos de peculado, que, de acuerdo con el Código Penal, se comete cuando un funcionario público sustrae o distrae dinero o bienes cuya administración le fue confiada por su cargo, así como cuando se emplean, en provecho propio o de terceros, servicios pagados por la Administración Pública.
Además de la condena de cárcel, el Tribunal Penal de Hacienda y la Función Pública inhabilitó a ambos para ejercer cargos públicos durante cinco años.
Mientras la sentencia queda en firme, continúan vigentes las medidas cautelares contra Pecou y Fonseca, quienes deberán firmar una vez al mes y mantener el domicilio actualizado. Asimismo, tienen prohibido salir del país, por lo que entregaron sus pasaportes.
De acuerdo con el Ministerio Público, los hechos ocurrieron cuando la institución inició un proceso de contratación directa para nacionalizar la lancha remolcadora Quribrí y la grúa pórtica Pablo Presbere.
El Departamento de Proveeduría convocó a cinco empresas para que, la seleccionada, realizara los trámites de desalmacenaje y nacionalización.
La sección liderada por Pecou, en julio del 2005, eligió los servicios del imputado Fonseca, a pesar de que no estaba habilitado para ejercer como agente aduanero y sin que presentara la mejor oferta desde el criterio técnico.
El monto de la adjudicación fue de ¢168.712.580,14 de fondos públicos, para el pago de impuestos y cargas tributarias.
Según acreditó la Fapta, mediante engaño y con la utilización de un tercer imputado que sí era agente aduanero autorizado y quien ya falleció, los imputados insertaron información falsa en las Declaraciones Únicas Aduaneras (DUA) para realizar un pago mucho menor al que correspondía por el trámite.
Lo anterior permitió que Fonseca y Pecou pagaran únicamente alrededor de ¢89.000.000, obteniendo un beneficio indebido de más de ¢76.000.000. El monto que no fue justificado ni devuelto a Japdeva.
El segundo delito de peculado que acreditó la Fapta ocurrió en agosto del mismo año, cuando Pecou autorizó un nuevo pago con el argumento de que las embarcaciones habían caído en abandono al no ser nacionalizadas en el tiempo debido, y que el costo de esa gestión tenía un valor adicional de ¢39.347.286,63.
Fonseca Castañeda fue quien solicitó ese monto y se le giró sin que existiera documentación que respaldara lo que afirmaba Pecou.
El caso se tramitó bajo el expediente 06-200220-0472-PE.
