
La defensa de un estadounidense de apellido Page, a quien se investiga por la muerte de la argentina Florencia Candendo apeló el año de prisión preventiva impuesto al imputado.
La extranjera fue hallada sin vida en el estero de playa Junquillal el 1.° de febrero pasado.
En el documento de impugnación, el abogado Jeffry Mora Sánchez cuestiona la fundamentación del Juzgado Penal de Santa Cruz y argumenta que la resolución judicial “se sustenta únicamente en prejuicios o intuiciones sin base racional”.
El nuevo ángulo que introduce la defensa se centra en denunciar un supuesto error en la dirección de la investigación judicial.
Mora argumenta que existe un “sesgo de anclaje y visión de túnel, centrando toda la atención en el imputado” mientras ignora la posibilidad de que un hombre, pareja de la víctima, “pudiera ser responsable de los hechos”.
Última persona que se vio con la extranjera
Según expone el recurso, ese individuo sería la última persona que fue vista con la argentina; añade que durante el allanamiento de la casa de Page, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) encontró la cédula de identidad y una tarjeta bancaria a nombre de este tercer sujeto, lo que evidenciaría que tenía libre acceso a la propiedad.
Además, la defensa señala que él es el único con un móvil identificable, que estaría ligado a los celos, para cometer el crimen.
En cuanto a la evidencia física, el defensor advierte una supuesta contradicción al recolectar las pruebas en el estero donde apareció el cadáver de Candendo y al citar los informes policiales, puntualiza que en el sitio del hallazgo “se ubicaron dos tipos de huellas de llantas".
En contraste, la inspección técnica confirmó que el vehículo decomisado al estadounidense utilizaba “llantas Ecovisión MT de un solo tipo" y que esa clase de llantas son de uso frecuente en automotores de la zona.
Para la defensa, este hallazgo más bien debilita la teoría de que solo participó el automóvil del encausado.
El escrito también ataca el argumento del peligro de fuga basado en la alta pena a imponer (20 a 35 años de prisión); señala que la jueza justificó esto citando jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de forma errónea, atribuyéndole una posición “diametralmente opuesta” a la que ese tribunal ha sostenido, ya que dicho órgano internacional establece que la expectativa de pena es un criterio insuficiente para dictar prisión.
Sangre y ropa manchada
La jueza Karen Concepción Concepción impuso la medida cautelar más gravosa basándose en múltiples hallazgos forenses recabados en la vivienda de Page.
Para vincular al sospechoso con el crimen, el Juzgado dio peso a las pericias con la Unidad Canina y a pruebas hechas con luminol.
El Juzgado fundamentó su fallo describiendo la “presencia de sangre humana en las paredes y el piso de baño, el servicio sanitario y rastros inequívocos de intentos de limpieza del rastro de sangre con materiales de aseo doméstico”. Específicamente mencionó el uso de cloro.
La resolución judicial también estableció un vínculo físico directo al documentar el hallazgo de ropa escondida bajo la cama de la habitación principal de la casa de Page.
La jueza señaló que se encontró “una pantaloneta impregnada de aparente sangre humana por proyección”, y que por el tipo de mancha, existe la probabilidad de que “estuvo muy cerca del cuerpo”.
Peligro de fuga
Sobre el peligro de fuga, en el cual la jueza basó su argumento para mantener encarcelado al sospechoso hasta el 3 de febrero del 2027, Concepción detalló que hay ausencia de arraigo laboral del extranjero en el país, ya que sus ingresos provienen de Estados Unidos.
El fallo resalta que “la facilidad que tiene el imputado de abandonar el país o permanecer oculto, pues es una persona que cuenta con recursos económicos que le permiten vivir en nuestro país sin realizar la labor de construcción de tablas de surf, que es lo que dice a que se dedica”.
El representante legal del estadounidense explicó que están a la espera de que el tribunal de alzada celebre la audiencia oral para conocer la apelación y definir si mantiene la prisión preventiva o si acoge la petición de la defensa de aplicar medidas alternativas, como el uso de tobillera electrónica y el impedimento de salida del país.

