El proceso de quiebra de una empresa, iniciado en 1988, sigue sin resolverse 37 años después en el Juzgado Concursal. Este caso extraordinario es el ejemplo más alarmante del rezago que enfrentan algunos despachos en el Poder Judicial.
Este asunto, cuyos detalles no fueron revelados, fue dado a conocer el pasado lunes por la magistrada Damaris Vargas, de la Sala Primera, en un informe presentado a la Corte Plena. Explicó que a pesar de que el expediente lleva tanto tiempo en trámite, aún no ha sido posible culminarlo por diversas trabas.

Ante consulta de La Nación, Vargas declinó dar detalles sobre el caso pero explicó que ya se encuentra en etapas finales.
Indicó que una razón por la que un proceso de este tipo puede retrasarse tanto, es porque el Juzgado Concursal solo cuenta con dos jueces par atender casos de alta complejidad que involucran deudas multimillonarias y que requieren una gran capacidad técnica.
Dicho juzgado es el órgano encargado de declarar una quiebra e iniciar un concurso de acreedores.
Estos dos jueces deben hacerle frente a un circulante que lleva seis meses seguidos en crecimiento y que en abril pasado alcanzó la cifra de 949 expedientes. Entre ellos figura el proceso de quiebra ya mencionado y otros 27 que han durado más de 10 años en resolverse. También hay 311 casos que tienen entre cinco y 10 años de antigüedad.
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Algunos de los asuntos más mediáticos son los de Corporación Yanber, Casa Blanca (Land Business), TicoFrut, Grupo Corporativo Saret, Artelec, Grupo Orosi, Agencia de Viajes Colón y la empresa autobusera Consorcio Operativo del Este y Aldesa. En este último, la deuda alcanzó los $222 millones con 306 acreedores.
El Juzgado Concursal está rebasado a tal punto que la cuota definida por juez es de ocho sentencias al mes, pero en realidad cada uno está generando 20 sentencias en ese plazo. Esta saturación también la enfrentan los cuatro técnicos y el coordinador, quienes reciben en promedio más de nueve casos al día, a pesar de que su cuota es de cinco diarios.
La extrema carga laboral también produce que muchos técnicos prefieran renunciar, como advirtió el lunes el presidente de la Corte, Orlando Aguirre, quien señaló que esta situación agrava los problemas de personal mientras se contratan los reemplazos.
A diferencia de un expediente penal, que suele contar con una cantidad relativamente baja de involucrados entre ofendidos y víctimas, un proceso de insolvencia puede incluir incluso cientos de personas, sumando los representantes de la empresa con problemas financieros y todos sus deudores.
Cada uno de los involucrados tiene derecho a presentar gestiones propias que se le acumulan al Juzgado Concursal, al Tribunal correspondiente y en última instancia, la Sala Segunda.
Por ejemplo, los deudores pueden solicitar protección legal para negociar con sus acreedores y, si no se logra una reestructuración, el juez procede con la liquidación de sus bienes.
Si un caso se extiende por décadas, también aumenta el riesgo de que fallezcan uno o varios involucrados, lo que demora aún más el proceso mientras se declara la apertura del proceso sucesorio, el nombramiento de una persona como albacea, es decir, quien será la encargada de cumplir con la última voluntad del fallecido.
Otro cuello de botella es la posibilidad de que no se encuentre pronto a un interventor, quien es una persona no funcionaria del Poder Judicial que presta sus servicios para revisar la administración del patrimonio de la empresa en cuestión.
La entidad cuenta con una lista oficial de interventores; sin embargo, estos no tienen ninguna obligación de aceptar un caso. La búsqueda de un encargado también puede contribuir al rezago judicial.
Buscar soluciones sin más presupuesto
La situación fue alertada desde el año anterior por Jennifer Arroyo, jueza coordinadora del Juzgado Concursal, en un oficio remitido al Consejo Superior, órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial.
Arroyo expresó su preocupación porque en julio del 2024 les quitarían tres plazas por restricciones presupuestarias: dos técnicos y un juez, y pidió que esos cupos se mantuvieran.
Sin embargo, el Consejo Superior negó la petición, al argumentar que se trataba de una medida urgente ante el déficit presupuestario.
Una de las medidas que ha explorado la institución, frente a las restricciones que impone la regla fiscal, es reorganizar los despachos para reponer el déficit de plazas en el Concursal con funcionarios de oficinas menos saturadas.
“La afectación en esos asuntos de Concursal y en cualquier otro asunto del Poder Judicial es significativa. Por eso la preocupación que tiene el Poder Judicial, que ha establecido acciones concretas para ir eliminando paulatinamente la mora institucional”, indicó Vargas.
Este año todos los juzgados y tribunales recibieron la instrucción de darle prioridad a los casos que llevan más años de rezago.
“Si un asunto llega a mi oficina, en la Sala Primera, yo diría: ‘No lo voy a resolver porque tengo otros que me entraron hace seis meses’, pero resulta que ese asunto es del año 1988, para poner un ejemplo.
“En la Sala Primera no tenemos asuntos de esa época, pero si entra con una numeración de esa naturaleza a esta Sala, a un tribunal, a algún juzgado, a donde sea, es lo primero que tenemos que resolver”, sostuvo la magistrada.
