La Sala Constitucional analiza una acción de inconstitucionalidad contra una norma que permite el despido sin causa justificada de funcionarios del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica. La causa, planteada por cuatro exfuncionarios, se tramita bajo el expediente 25-001004-0007-CO.
Se trata del artículo 123 de la Convención Colectiva INS-SICOBO (2021-2024), que establece que tanto la institución como el trabajador pueden finalizar el contrato sin justificación.
Según los demandantes, el artículo vulnera los artículos 11, 18, 33, 41, 56, 74, 176 y 192 de la Constitución Política, así como principios constitucionales como la igualdad, legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y el uso eficiente de fondos públicos.
Asimismo, señalan que la disposición contraviene el artículo 4 del Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo por iniciativa del empleador, el cual establece que un despido siempre debe fundamentarse en una causa justificada.
“No se pondrá término a la relación de trabajo de un trabajador a menos que exista para ello una causa justificada relacionada con su capacidad o su conducta o basada en las necesidades de funcionamiento de la empresa, establecimiento o servicio”
— — Artículo 4, Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo por iniciativa del empleador
Los exfuncionarios argumentaron ante la Sala que este artículo excede el principio de legalidad al permitir un uso desproporcionado de figuras jurídicas, como el despido sin justa causa, sin mediar razones objetivas “como la capacidad o idoneidad de la persona trabajadora o la necesidad institucional para la mejora de la gestión pública.”
Para el análisis de la causa, la Sala convocó a audiencias a la Procuraduría General de la República; a la presidenta del Instituto Nacional de Seguros (INS) y del Cuerpo de Bomberos, Gabriela Chacón; y al secretario general del Sindicato Costarricense de Bomberos y Afines (Sicobo), Manuel Pérez Artavia.

Reactivación de la norma
En octubre de 2022, la entonces presidenta del INS y del Cuerpo de Bomberos, Mónica Araya, solicitó al Consejo Directivo de Bomberos congelar la aplicación del artículo 123 para proteger a empleados que hubiesen sido testigos de irregularidades. Araya argumentó que esta podría usarse de forma indebida “para callar a la gente y que no denunciaran”.
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No obstante, en julio de 2024, la actual presidenta del INS y Bomberos, Gabriela Chacón Fernández, ordenó reactivar su aplicación. Chacón alegó que la nueva Ley de Protección de Denunciantes y Testigos de Actos de Corrupción contra Represalias Laborales sustituye la medida de protección, por lo que se podía modificar o eliminar el acuerdo anterior.
Veinte días después de la reactivación, el director del Cuerpo de Bomberos, Héctor Chaves, despidió a 10 funcionarios “sin justa causa” con base en el artículo 123 de la convención, según informó La Nación.