
Una comisión de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente un proyecto de ley que cambiaría la forma cómo se financia la pauta electoral en Costa Rica.
La propuesta permite el financiamiento de pauta publicitaria en radio, televisión y medios digitales, durante las campañas electorales, con recursos adelantados de la contribución estatal que reciben los partidos políticos.
El expediente 24.346 recibió cuatro votos a favor y uno en contra, de los integrantes de la Comisión Especial de Reformas al Sistema Político y Electoral del Estado. Se opuso el diputado Gilberto Campos, del Partido Liberal Progresista (PLP), quien calificó la propuesta de intervencionista por el rol de intermediario que se le asignaría al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) entre los partidos políticos y los medios a los que se le contrataría la publicidad.
La iniciativa es impulsada por Antonio Ortega, jefe de fracción del Frente Amplio (FA), quien descartó que haya una intrusión por parte del TSE, porque son los partidos los que decidirán los montos, medios y las fechas a pautar.
Igualmente, recordó que existen observaciones reiteradas de la Organización de Estados Americanos (OEA ) sobre la inequidad en el acceso a la publicidad electoral y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), sobre la necesidad de brindar estas garantías.
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¿Qué propone el proyecto?
La iniciativa modifica el artículo 96 del Código Electoral. En primer lugar, baja de un 15% a un 10% el financiamiento anticipado que los partidos políticos podrán recibir de la contribución estatal.
Seguidamente, dispone que el 80% del adelanto será administrado por el TSE para la compra y pago de pauta publicitaria a empresas nacionales de comunicación colectiva de televisión, radio y prensa, incluyendo los medios digitales.
De ese total, el 50% se distribuirá proporcionalmente entre los partidos políticos con representación en la Asamblea Legislativa.
Un 45% se repartirá en forma igualitaria entre todas las agrupaciones inscritas a escala nacional, pero que hayan presentado candidaturas para la presidencia, vicepresidencias de la República y a diputados.
El restante 5%, se entregará en partes iguales entre todos los partidos provinciales que hayan presentado candidaturas para diputados.
El otro 20%, correspondiente a la totalidad de los fondos del anticipo, podrá ser recibido por los partidos políticos, “previa rendición de las garantías líquidas suficientes”. El 80% iría a los partidos nacionales y el 20% a los provinciales.
¿Por qué debería encargarse el TSE?

El letrado del TSE, Andrei Cambronero, explicó a los integrantes del foro legislativo que los recursos deben ser administrados por el ente electoral porque los dineros anticipados para pauta publicitaria serían de tipo no caucionado, esto quiere decir, que están libres de garantías.
Recordó que la jurisprudencia de la Sala IV establece que el anticipo definido en el artículo 96 de la Constitución Política, correspondiente a un 0,19% del Producto Interno Bruto (PIB) del año trasanterior a la celebración de las elecciones nacionales, debe ser caucionado, esto quiere decir, que se deben rendir garantías para el acceso a estos recursos.
No obstante, se prevé la posibilidad de que se hagan adelantos no caucionados, sin garantía, siempre y cuando los administre el TSE, “para apoyar la equidad en la contienda”, aclaró Cambronero.
El vocero afirmó que estos recursos serán de beneficio para las agrupaciones políticas, ya que el tema de la caución ha sido un obstáculo para que los partidos accedan al financiamiento anticipado.
Mencionó que para las elecciones nacionales del 2022, ningún partido tuvo garantías para ofrecer, por ende, no accedieron al anticipo.
“Esta es una forma de acceder al anticipo, sin garantías”, agregó.
PLP: Proyecto es intervencionista

El diputado Gilberto Campos, del PLP, fue vehemente en expresar su oposición al proyecto de ley, al que calificó de intervencionista, por las competencias que le da al TSE para contratar la pauta, en lugar de que sean los partidos políticos los que adquieran directamente estos servicios.
Para el legislador, el rol que se le asigna al ente electoral violenta “la libertad y autodeterminación de los partidos políticos de tomar las decisiones de inversión de estrategia y táctica electoral, que estos definan”.
“Nosotros no compartimos la función de una institución del Estado como un contratante. Es un ente fiscalizador, garante de derechos fundamentales y de la transparencia del proceso electoral”, agregó.
Advirtió que en términos operativos, si se llega a presentar algún problema con el servicio contratado, los partidos políticos dirigirán sus reclamos al TSE, en lugar de ir directamente a la agencia o al medio de comunicación proveedor.
Igualmente, cuestionó la lógica detrás de la asignación de los porcentajes para distribuir los recursos entre las distintas agrupaciones políticas. Otro elemento que criticó, es que se limite la contratación de pauta publicitaria a los medios nacionales.
“Yo más bien (si fuera el TSE), estaría muy preocupado que esto pase, porque me van a dar responsabilidades administrativas y civiles, que hoy no tengo”, declaró.
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Deuda pendiente
Costa Rica no contempla en su legislación actual un instrumento que cierre la brecha para acceder a publicidad electoral, entre los partidos con mayor capacidad financiera y aquellos con menos recursos. De hecho, esta ha sido una de las pocas observaciones reiteradas por la Misión de Observación Electoral de la Organización de Estados Americanos (MOE-OEA) en los distintos procesos electorales celebrados en el país desde 2010.
Esta falencia fue nuevamente mencionada en el informe de la misión que observó los comicios municipales del 4 de febrero de 2024. En su reporte, la OEA sugirió al país “adoptar mecanismos para contar con espacios en los medios de comunicación (financiamiento público indirecto) que garanticen la equidad en el acceso a difundir propaganda electoral por todos los partidos políticos”.
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En la mayoría de países de América Latina, esta situación ha sido atendida mediante la implementación de franjas electorales.
Tradicionalmente, estas franjas han sido conceptualizadas como un instrumento de cesión gratuita de espacios en medios de comunicación, para que los candidatos, los partidos políticos o las coaliciones electorales partícipes de un proceso electoral puedan dar a conocer sus propuestas a los votantes.
A diferencia de la experiencia de otros países, en Costa Rica el TSE se encargaría de contratar y pagar la pauta publicitaria a partir del financiamiento anticipado de la contribución estatal a los partidos.