
Este 1.° de octubre entró en vigor el Código Procesal de Familia en Costa Rica, con cambios significativos en los procesos judiciales, especialmente en la forma de tramitar las pensiones alimentarias. Este nuevo enfoque busca facilitar la resolución de conflictos de manera más pacífica.
Antes, el proceso de solicitud de pensiones alimentarias comenzaba con una evaluación del juez, quien otorgaba a la persona demandada un plazo para responder y, en algunos casos, fijaba una cuota provisional. Posteriormente, se realizaban audiencias para recibir pruebas antes de que el juez dicte sentencia con el monto definitivo.
Con la implementación del Código Procesal de Familia, el proceso se invertirá. Tras recibir la demanda, se realizará primero una conciliación obligatoria entre las partes para intentar llegar a un acuerdo. Si esto es exitoso, el juez comunica una sentencia con el monto acordado. Si no hay acuerdo, el juez emitirá su fallo, pero el objetivo principal es evitar la confrontación y promover una solución negociada.
Según Eddy Rodríguez Chaves, magistrado suplente de la Sala Segunda, esto fortalece el “principio de ausencia de contención”, que busca evitar que los conflictos familiares se conviertan en disputas legales prolongadas.
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Por su parte, Roxana Chacón, magistrada de la Sala Segunda, destacó que el Código refuerza la protección de los derechos fundamentales de todas las personas involucradas en los procesos judiciales de familia, incluyendo a cónyuges, niños y adolescentes.
El Código también establece un proceso resolutivo especial para la tramitación de pensiones alimentarias, adopciones, restitución internacional de menores, divorcios, separaciones judiciales y el reconocimiento de uniones de hecho cuando ambas partes estén de acuerdo.
Derogación de la Ley de Pensiones Alimentarias
Con la entrada en vigor del Código, la Ley de Pensiones Alimentarias quedó derogada. Según Rodríguez Chaves, los derechos relacionados con pensiones alimentarias se trasladan al Código de Familia, mientras que los aspectos procesales se regirán por el nuevo Código Procesal de Familia.
Además, se espera que el Juzgado de Familia Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias, que comenzó a operar en 2023, amplíe su cobertura a nivel nacional, superando su actual capacidad del 35 % al 45% de los circuitos judiciales. Durante 2024, se prevé la incorporación de 36 nuevas plazas para reforzar esta unidad y garantizar una mayor uniformidad en los criterios y tiempos de respuesta en materia de apelaciones.
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