
La Ley sobre División Territorial Administrativa establece condiciones específicas y un procedimiento obligatorio para la eventual creación de una nueva provincia en Costa Rica, en medio del debate político por una propuesta para reorganizar el mapa territorial del país.
De acuerdo con esa norma, no se puede crear ninguna provincia, cantón o distrito sin antes conocer el criterio de la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa, órgano encargado de asesorar a los Poderes Públicos en esta materia.
Esta Comisión está integrada por el ministro de Gobernación, el director del Instituto Geográfico Nacional y la Dirección General de Estadística y Censos (INEC), o sus representantes.
La normativa establece que Costa Rica se divide actualmente en siete provincias: San José, Alajuela, Cartago, Heredia, Guanacaste, Puntarenas y Limón.
¿Nuevas provincias en Costa Rica?
Para erigir una nueva provincia en Costa Rica, la ley exige que el territorio propuesto cuente con al menos el 10% de la población total del país. Asimismo, la provincia o provincias de las que se desmembraría el nuevo territorio deben conservar también ese mismo porcentaje poblacional.
Además, el proyecto debe ser aprobado previamente mediante un plebiscito, que la Asamblea Legislativa deberá ordenar en la provincia o provincias afectadas por la desmembración.
“La Asamblea Legislativa podrá decretar, observando los trámites de reforma parcial a esta Constitución, la creación de nuevas provincias, siempre que el proyecto respectivo fuera aprobado de previo en un plebiscito que la Asamblea ordenará celebrar en la provincia o provincias que soporten la desmembración”, dice el artículo 168 de la Constitución Política

La ley también dispone que, al crearse una nueva provincia, sus límites deben definirse con “toda minuciosidad” en la norma de creación. Esa delimitación corresponde al Instituto Geográfico Nacional y debe seguir, preferiblemente, puntos naturales; solo cuando esto no sea posible se podrán trazar líneas rectas geodésicas, debidamente amojonadas.
Cualquier alteración de los límites provinciales son reserva de ley, es decir, solo pueden realizarse por medio de una ley.
En caso de disputas entre provincias, el Ministerio de Gobernación debe remitir el caso al Instituto Geográfico Nacional, cuyo informe será analizado por la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa antes de que el Poder Ejecutivo eleve una propuesta a la Asamblea Legislativa.
Finalmente, los interesados en promover una nueva provincia deben presentar ante el Congreso pruebas de que el territorio cumple los requisitos legales, así como un mapa detallado del perímetro propuesto.
Si la Asamblea Legislativa admite en principio la solicitud para crear una nueva provincia, deberá oír al Poder Ejecutivo sobre los límites propuestos y otros aspectos que considere relevantes.
En ese caso, el Poder Ejecutivo emitirá su criterio tras consultar a la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa.
Con base en ese informe, la Asamblea Legislativa resolverá la solicitud conforme a los trámites establecidos por la ley.
Disputa
El candidato oficialista (Pueblo Soberano), José Miguel Villalobos, propuso de crear una octava provincia en la zona norte, que implicaría quitarle territorio a Heredia y Alajuela. Estaría integrada por los cantones alajuelenses de Upala, Los Chiles, Guatuso y San Carlos, así como el cantón herediano de Sarapiquí (que representa alrededor del 80% del territorio herediano).
Sin embargo, la iniciativa rechazada por el chavista Manuel Morales, quien advirtió que fragmentar el mapa no garantiza desarrollo y debilita la planificación estatal.
