A falta de solo dos sesiones de plenario para entregar el cargo, los diputados apuran el paso para sacar adelante aquellos proyectos de ley considerados prioritarios para las bancadas salientes y el Poder Ejecutivo, que también está a punto de finalizar su periodo.
Dentro de las iniciativas que han progresado en este contexto destaca el expediente 24.234, para agilizar el levantamiento del secreto bancario en procesos penales y en investigaciones asociadas a la delincuencia organizada.
La principal reforma que introduce la propuesta es la fijación de un plazo de diez días naturales para que el juez resuelva la solicitud, contados a partir de la presentación del requerimiento. El proyecto fue presentado por el diputado Gilberto Campos, del Partido Liberal Progresista (PLP).
Plazos y sanciones
El fiscal general, Carlo Díaz, advirtió en un criterio enviado a la Asamblea Legislativa que en casos de narcotráfico o legitimación de capitales, incumplir el plazo de 10 días podría acarrear consecuencias penales para el juez si ello provoca impunidad o evasión, ya sea por dolo o culpa.
Díaz añadió que el plazo de 10 días obligará a los jueces a priorizar las solicitudes de levantamiento del secreto bancario en casos de delincuencia organizada.
El texto aprobado también establece el mismo plazo de diez días naturales para que las entidades financieras, públicas o privadas —reguladas o no por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef)—, entreguen la información requerida. Según el fiscal general, esto incentivará una atención más ágil de estas solicitudes.
El proyecto establece sanciones para entidades financieras y la Sugef por incumplir órdenes judiciales, con penas de seis meses a tres años de prisión por desobediencia, según el artículo 314 del Código Penal.
Díaz subrayó que estas medidas buscan garantizar una atención rápida a los requerimientos del Ministerio Público.
El nuevo plazo fue establecido en el artículo 3 de la “Ley sobre registro, secuestro y examen de documentos privados e intervención de las comunicaciones” y el numeral 18 de la “Ley Contra la Delincuencia Organizada”.
El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) también respaldó la iniciativa al considerar que permitiría dinamizar las pesquisas en las que se requiere analizar información financiera para esclarecer los hechos. El criterio fue firmado por el subdirector de la institución, Michael Soto.
Según el criterio de la policía judicial, la reforma facilitaría el acceso oportuno a registros bancarios, lo que contribuiría a evitar que las investigaciones pierdan eficacia por demoras en etapas clave del proceso.
Soto señaló que la falta de celeridad procesal genera demoras en las órdenes judiciales —como el levantamiento del secreto bancario— y afecta el avance de las investigaciones.
Criterio del sector financiero
Por su parte, la Sugef indicó que el proyecto de ley no afecta las potestades y competencias de la institución. Agregó que la reforma tampoco afecta a las entidades “que, por imperio de ley, se encuentran sometidas a su supervisión y fiscalización”.
En tanto, los bancos públicos no emitieron comentarios negativos sobre el texto y sus alcances. Así consta en las respuestas enviadas por los bancos Popular (BP), Nacional (BN) y de Costa Rica (BCR), disponibles en el expediente.
¿Qué sigue?
La iniciativa fue aprobada en primer debate, de forma unánime, el pasado 21 de abril. Aunque su votación en segundo debate estaba prevista para el 23 de abril, no se conoció en esa sesión, por lo que queda pendiente la definición de una nueva fecha.
El último día de labores de los diputados salientes será el próximo 28 de abril, por acuerdo de los propios legisladores, con el fin de facilitar el proceso de transición hacia el nuevo Congreso.
