La Contraloría General de la República (CGR) advirtió al ministro de Hacienda, Nogui Acosta, sobre la ilegalidad de destinar fondos públicos para contratar una póliza que exima de responsabilidad civil al presidente Rodrigo Chaves y a los integrantes de su gabinete, por posibles actos de negligencia en el ejercicio de sus funciones.
La Contraloría informó al jerarca de Hacienda que el financiamiento con recursos públicos de seguros de responsabilidad civil que beneficien directamente a jerarcas, como el plan pretendido por el gobierno, “carece de base legal y contraviene principios fundamentales de la gestión pública”.

La comunicación explica que la propuesta del gobierno del presidente Rodrigo Chaves desvirtuaría el régimen de responsabilidad administrativa, que exige que los funcionarios públicos respondan personalmente por sus actos.
“No es viable entonces contratar seguros que beneficien personalmente a funcionarios públicos, puesto que dicha situación es contraria al interés público, en el tanto los recursos públicos deben destinarse a atender las necesidades públicas y no los intereses particulares”, indica un oficio enviado este miércoles al ministro Acosta.
Tanto Acosta como el primer vicepresidente de la República, Stephan Brunner, han defendido la necesidad de proteger el patrimonio de los jerarcas, por medio de la contratación de una póliza de responsabilidad civil.
Brunner ha utilizado su propio caso personal para justificar la necesidad de la póliza, asegurando que como miembro de la Comisión para Promover la Competencia, tuvo que enfrentar la demanda de un banco, que le costó $18.000 en el pago de la defensa.
Nogui Acosta pidió criterio
La Contraloría emitió el oficio DFOE-CAP-0885 a solicitud del ministro Acosta, quien el 12 de marzo pidió un criterio al ente fiscalizador sobre la viabilidad jurídica de contratar, con recursos públicos, una póliza de seguro de responsabilidad civil a favor del presidente de la República, vicepresidentes, ministros y viceministros.
El 13 de febrero, la Procuraduría General de la República (PGR) indicó al Ministerio de Hacienda que era competencia de la Contraloría determinar qué pólizas pueden ser financiadas con recursos del Estado.
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La Dirección Jurídica de Hacienda también emitió un pronunciamiento en el que advirtió sobre la ilegalidad del plan del Poder Ejecutivo.
El Ministerio planteó las consultas luego que se diera a conocer que el gobierno planeaba pagar ¢248 millones anuales al Instituto Nacional de Seguros (INS), a fin de que contratar una póliza que cubra eventuales responsabilidades del presidente, ministros y viceministros.
Debe ser un gasto legítimo
El gobierno ha sustentado su propuesta en una disposición de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, que permite al Estado contratar directamente al INS todos los seguros que, de manera discrecional, estime como necesarios para la satisfacción de sus necesidades.
No obstante, la Contraloría explicó que no basta con que un seguro sea emitido por el INS para que el Estado pueda contratarlo.
Es necesario que dicho seguro corresponda a un gasto legítimo que el Estado puede asumir conforme a la normativa aplicable.
Igualmente, aclaró que únicamente la Hacienda Pública puede ser beneficiaria de una prestación derivada de un seguro contratado por el Estado, ya que está sujeta a los procedimientos y controles establecidos en el marco constitucional y legal.
Agregó que cualquier póliza de responsabilidad civil, financiada con fondos públicos, cuyo beneficiario directo sea el funcionario en lo personal y no la administración, carece de sustento legal, pues es contrario a los principios de legalidad financiera, razonabilidad, justicia y prevalencia del interés general.
“Por tanto, la contratación de seguros no puede ser utilizada como un mecanismo para trasladar al erario responsabilidades personales de los funcionarios”, concluye el criterio.
Alegó que una disposición en ese sentido sería contraria al derecho constitucional, ya que beneficiaría indebidamente a los funcionarios públicos haciendo prevalecer su interés personal sobre el interés público, y se desconocería el régimen de responsabilidad personal al que se encuentran sujetos.
