El caso se remonta a 2023. El afectado presentó ante la Prohab una contra Equifax. La gestión fue acogida y se ordenó la rectificación de juicios que existían en los reportes crediticios del amparado.
Sin embargo, al no acatar la instrucción, el 6 de junio de 2025, el ciudadano presentó una segunda denuncia, alegando que habían pasado dos años sin que la rectificación se ejecutara. Además, solicitó que se sancionara a la empresa con multas por el incumplimiento.
Según la Sala, pese a que la Prodhab tenía un mes para resolver esa segunda denuncia, la entidad no había emitido una decisión al momento en que se interpuso el amparo. Para el recurrente, esa omisión lesionó sus derechos fundamentales.
Los magistrados constitucionales ordenaron a la directora de la Prohab, Wendy Rivera Román, o a quien ocupe su cargo, dictar las órdenes necesarias para concluir el procedimiento ordinario correspondiente en un plazo máximo de dos meses a partir de la notificación.
Advirtieron, además, de que el incumplimiento de esta orden podría acarrear prisión de tres meses a dos años, o una multa de 20 a 60 días, según el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
La Sala también condenó a la Prodhab al pago de costas, daños y perjuicios, que se liquidarán en sede contencioso administrativo.