
El Código de Trabajo otorga al patrono la potestad de decidir la fecha en que un trabajador disfrutará de sus vacaciones. Sin embargo, un proyecto presentado por la fracción del Frente Amplio pretende modificar esa regla para que sea el trabajador quien proponga primero las fechas de descanso.
La iniciativa, expediente 25.636, reforma el artículo 155 del Código de Trabajo y plantea un nuevo mecanismo para definir el período de vacaciones, con el propósito, según el proyecto, de equilibrar las necesidades de la empresa con el derecho de los trabajadores a planificar su descanso.
El texto vigente define que una vez que una persona cumple 50 semanas continuas de trabajo adquiere el derecho a dos semanas de vacaciones. No obstante, corresponde al patrono fijar el momento en que esas vacaciones serán disfrutadas, siempre dentro de las 15 semanas siguientes.
El patrono señalará la época en que el trabajador gozará de sus vacaciones, pero deberá hacerlo dentro de las quince semanas posteriores al día en que se cumplan las cincuenta de servicio continuo, tratando de que no se altere la buena marcha de su empresa, industria o negocio, ni la efectividad del descanso.
— Artículo 155 del Código de Trabajo
La propuesta de ley fue presentada el pasado 1.º de julio, por lo que se encuentra en su fase inicial, a la espera de que el Directorio Legislativo defina la comisión que se encargará de su estudio.
¿Qué cambiaría?
Con la reforma, una vez consolidado el derecho a vacaciones, la persona trabajadora tendría prioridad para proponer las fechas en que desea disfrutarlas.
El patrono estaría obligado a aceptar esa propuesta, salvo que demuestre que las fechas solicitadas afectarían gravemente la buena marcha de la empresa. En ese caso, tendría que presentar una contrapropuesta en un plazo máximo de dos semanas para intentar llegar a un acuerdo.
Una vez cumplidas las cincuenta semanas de servicio continuo, por haberse consolidado el derecho a vacaciones, la persona trabajadora podrá proponer al patrono las fechas de disfrute dentro de las quince semanas siguientes, contadas a partir del día hábil posterior a la consolidación.
— Propuesta de reforma al artículo 155 del Código de Trabajo
Si el empleador no presenta una alternativa dentro de ese plazo o ambas partes no logran un acuerdo, las fechas propuestas originalmente por el trabajador quedarían aprobadas automáticamente.
En caso de que el trabajador no presente ninguna propuesta dentro de las 15 semanas previstas por la ley, el patrono conservaría la facultad de definir el período de vacaciones, como ocurre actualmente.
Más participación del trabajador
La exposición de motivos del proyecto sostiene que el régimen vigente deja el disfrute efectivo de las vacaciones sujeto a la decisión unilateral del patrono.
Los proponentes argumentan que permitir a las personas escoger las fechas facilitaría que las vacaciones coincidan con necesidades familiares, como el receso escolar de hijos e hijas, además de favorecer una mejor recuperación física y mental.
Para respaldar esa afirmación, el proyecto cita diversos estudios internacionales sobre salud ocupacional y bienestar laboral.
El diputado José María Villalta aseguró que la intención no es eliminar la participación de los patronos, sino crear un sistema de negociación.
“Con este proyecto buscamos resguardar el derecho al descanso de las personas trabajadoras para que puedan planificar sus días de vacaciones y que coincidan con sus necesidades, como las vacaciones de sus hijos e hijas. Debe haber un equilibrio entre las necesidades de la empresa y el derecho a vacaciones”, afirmó.
También crea nuevas obligaciones
Además del cambio en la elección de las fechas, la iniciativa obligaría a los patronos a informar por escrito cuándo vence el plazo para que el trabajador presente su propuesta de vacaciones.
Asimismo, les permitiría prevenir por escrito a quienes acumulen vacaciones pendientes para evitar que ese derecho se pierda o se desnaturalice por no ser utilizado oportunamente.
