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Secreto Bancario: prevalencia del derecho fundamental

Su apertura debe ser reglada por una ley que mantenga un equilibrio entre el derecho a la intimidad y el interés colectivo de la administración de justicia

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Golden,Safe,Lock,,In,Close-up. Shutterstock

«Si alguna vez ves saltar por la ventana a un banquero suizo, salta detrás. Seguro que hay algo que ganar», afirmaba Voltaire. Dicha frase tiene gran sentido hoy día debido al auge que ha tenido la actividad bancaria, convirtiéndose en un elemento esencial del desenvolvimiento del sistema económico. Especialmente, en países como Suiza, por caracterizarse desde tiempos medievales por su estabilidad y el secreto bancario, es decir, en la no divulgación de datos sobre clientes.

El ejemplo más claro fue el ofrecimiento de la banca suiza a aristócratas franceses para realizar operaciones de modo confidencial durante la Revolución francesa. Es precisamente, la realización de estas operaciones confidenciales, que pueden prestarse para la comisión de delitos, lo que inclina al presidente Rodrigo Chaves a querer levantar el secreto bancario cuando dice que: «si queremos evitar el comercio ilegal, el narco, lavado y evasión, tenemos que controlar los flujos de efectivo, tenemos un sistema donde los lavadores continúan lavando y a la gente buena le imponen cada día más trabas en el sistema bancario». En esta línea, establece que los inversionistas están acostumbrados a un régimen de transparencia, por lo tanto, la eliminación del secreto bancario no sería molestia.

Sin embargo, el presidente Chaves no toma en consideración que esta figura legal, que permite y obliga a las entidades financieras a proteger y mantener la confidencialidad de la información de sus clientes ante terceros, incluso ante las administraciones públicas y/o tributarias, se encuentra constitucionalmente protegida, en la media, que la carta magna reconoce el derecho a la intimidad, es decir, que protege al sujeto de cualquier intervención arbitraria en su ámbito estrictamente personal, lo cual incluye las operaciones bancarias o financieras que realice un individuo o persona jurídica.

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