Ante lo recientemente dicho por el señor Manuel Tovar, ministro de Comercio Exterior, respecto al Proyecto de Ley N.° 24.211, denominado Fondo de Competitividad y Auxilio Arrocero (Fonarroz) considero que sus afirmaciones carecen de sustento técnico y jurídico.
Este proyecto no solo es necesario, sino que es plenamente compatible con los compromisos internacionales asumidos por Costa Rica. Además, responde a la urgencia de rescatar la producción arrocera nacional, hoy en desventaja por las políticas implementadas desde agosto del 2022, que han puesto en riesgo la seguridad alimentaria del país.
1) Compatibilidad con los compromisos internacionales
Mi criterio es que el ministro falta a la verdad cuando afirma que el proyecto violenta tratados internacionales. Esto es falso. En el marco jurídico internacional:
- La Organización Mundial del Comercio (OMC), de la cual Costa Rica es parte contratante, reconoce como válidos los impuestos específicos (montos fijos por tonelada) tanto como los aranceles ad valorem (porcentaje sobre el valor). De hecho, múltiples países miembros –incluidos la Unión Europea, Japón, Canadá y Perú– aplican impuestos específicos a diferentes productos sin que ello contravenga las normas de la OMC.
- El artículo 17 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano menciona únicamente aranceles ad valorem, pero este instrumento es de jerarquía inferior frente a los compromisos multilaterales de la OMC. Por tanto, prevalece la normativa de la OMC, que sí admite ambos tipos de aranceles.
En consecuencia, Costa Rica tiene plena potestad de poder aplicar un arancel específico al arroz, sin violentar la normativa internacional.
2) Un proyecto diseñado con responsabilidad jurídica
El proyecto Fonarroz ha sido discutido, redactado y consultado con expertos en Comercio Internacional y con el propio sector arrocero. Además, se le incorporaron enmiendas para alinearse expresamente a los compromisos internacionales vigentes:
- No crea impuestos adicionales fuera de lo autorizado por la OMC.
- Se asegura de no sobrepasar en términos de recaudación el arancel consolidado del 35% registrado por Costa Rica.
- Cumple con el principio de Trato Nacional del artículo 3) del GATT de 1994, pues establece condiciones impositivas equivalentes para el arroz de producción local y el importado.
- Fonarroz tampoco contravendrá los límites de la Medida Global de Ayuda, como compromiso adquirido por el país, en términos de subsidios.
Esto convierte al proyecto en una herramienta viable, legítima y transparente para el uso interno de recursos permitidos dentro de las normas internacionales.
3) Contexto regional e indiferencia de Comex
Es importante señalar que el propio mercado regional de arroz, desde el punto de vista impositivo, se encuentra totalmente desarticulado: mientras Nicaragua aplica un arancel del 60%; Panamá, del 90%; Guatemala, del 15%, y El Salvador, del 0%. Pese a esa falta de armonización y las continuas violaciones, Comex ha permanecido indiferente a pesar del fomento de prácticas de triangulación comercial en la región.
Sorprende que, en este caso, se intente descalificar un proyecto nacional que busca equilibrar la balanza y dar condiciones mínimas de justicia para los productores costarricenses.
4) Un proyecto para rescatar la seguridad alimentaria
El proyecto Fonarroz surge como una respuesta urgente a las medidas de esta administración, que redujeron irresponsablemente el arancel del arroz del 35% al 4,5%, debilitando así al sector arrocero.
Fonarroz se configura como un instrumento de apoyo legítimo, dentro de las reglas de la OMC, que garantiza la continuidad de la producción nacional, la generación de empleo en zonas rurales y la protección del alimento básico de todos los ticos.
5) Contradicciones del ministro de Comex
No deja de ser paradójico que el señor Tovar critique un proyecto ajustado a las normas de la OMC, cuando él mismo ha declarado recientemente que “la OMC está muerta” debido a la parálisis de más de una década de su sistema de solución de controversias. Esa inconsistencia deja en evidencia que sus objeciones no tienen un fundamento técnico, sino más bien político.
El proyecto Fonarroz es legal, necesario y legítimo. No violenta compromisos internacionales, fortalece la producción nacional y defiende la seguridad alimentaria de Costa Rica.
El país no puede darse el lujo de perder su arroz, un cultivo estratégico para la mesa de todos los costarricenses.
6) Facultad legal de Conarroz
La Ley 8285 fija las grandes líneas que marcan el ámbito de competencia de la Corporación Arrocera Nacional (Conarroz). Esta se halla facultada para una serie de acciones que manda la ley según el voto de la Procuraduría General de la República 276-2011, que obedecen y están alineadas a un presupuesto anual, marcado por el ámbito de competencia institucional. Ese presupuesto está direccionado a un fin específico y se utiliza en la gestión operativa enmarcada para la institución. El redireccionamiento del presupuesto institucional a nuevas competencias como Fonarroz, no solo es insuficiente, sino que también dejaría sin contenido económico a la institución y con enormes vacíos de gestión.
Renzo Céspedes Vargas es especialista en Comercio Internacional y consultor de Conarroz.