El dinero del impuesto sobre las personas jurídicas deberá ser invertido, en su totalidad, en fortalecer la seguridad ciudadana. Para eso se creó el tributo y la ley aprobada el miércoles para asegurar el destino de los fondos sería redundante si la reforma fiscal no contemplara una serie de normas que autorizan al Ministerio de Hacienda a desatender la voluntad del legislador en determinadas circunstancias.
La ley aprobada esta semana contiene un artículo transitorio para impedir, durante dos años, la aplicación de los artículos 15, 23 y 25 de la Ley 9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas a los fondos recaudados por el impuesto sobre las personas jurídicas. El primero de esos artículos permite a Hacienda ignorar los destinos específicos cuando la deuda del Gobierno Central supere el 50 % del producto interno bruto (PIB). El segundo establece criterios de asignación presupuestaria que privilegian las prioridades del gobierno, los compromisos de la programación plurianual y la disponibilidad de recursos, entre otros principios. El artículo 25 permite la flexibilidad cuando el destino específico de los fondos no esté expresamente dispuesto por la Constitución Política.
Son normas útiles para administrar las finanzas públicas. Los destinos específicos, cuya frecuente aprobación ha caracterizado durante décadas la actividad legislativa, operan como una camisa de fuerza para el Ministerio de Hacienda. La inflexibilidad del gasto está entre las razones más evidentes de las dificultades fiscales. No obstante, le excepción impuesta por los diputados responde a una necesidad urgentísima.
Al paso que lleva, el 2024 podría ser el tercer año consecutivo en romper la marca de homicidios. La penetración del narcotráfico es evidente y también la pérdida de control sobre grandes regiones del país. Los ciudadanos han venido señalando la seguridad ciudadana como el principal problema nacional en las encuestas de opinión y la realidad cotidiana confirma la justicia de esa apreciación.
Al mismo tiempo, la inversión en los cuerpos policiales disminuye y su insuficiencia se hace evidente. En enero, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) desplegó un amplio y costoso operativo en Limón. Su presencia produjo una abrupta disminución de los homicidios, pero, en cuanto cumplió el objetivo principal y se retiró, la matanza recobró su ritmo habitual. El OIJ no existe para hacer labores preventivas y su presupuesto no alcanza para mantener semejante operativo durante mucho tiempo, pero la experiencia demuestra cuánto es posible mejorar con mayor vigilancia.
La norma recién aprobada, además de exigir a Hacienda el giro de los fondos, modificó su distribución. El OIJ recibirá un 15 % de la recaudación, en lugar del 5 %, y la Dirección General de Adaptación Social obtendrá el 10 % en lugar del 5 %. Al Ministerio de Seguridad Pública se le entregará el 75 %, y no el 90 % dispuesto hasta ahora, pero la ley pretende darle certeza de que lo recibirá.
En todos los casos, las sumas son insuficientes y los diputados pecan de optimistas si creen que en los dos años de vigencia del transitorio podremos recuperar la seguridad ciudadana. La inversión debe ser mayor y más permanente. En buena hora destinaron más recursos al OIJ y a la administración del sistema penitenciario, pero la Fuerza Pública no debe ser descuidada. Las labores de prevención, aunadas a políticas dirigidas a atacar la delincuencia por su raíz en la exclusión social, laboral y educativa, son la clave para recuperar la paz sin vulnerar el Estado de derecho. La inversión en seguridad ciudadana, debemos insistir, es también una inversión en estabilidad social y desarrollo económico.