El virus SARS-CoV-2, causante de la covid-19 y de la crisis económica mundial, no salió de Wuhan, China, sino de Costa Rica, mucho antes del 2014.
Esa sería la única explicación para condonar deudas a 2.705 micros, pequeños y medianos productores agropecuarios de zonas rurales del país por ¢4.267 millones, aproximadamente, con el argumento de la afectación debida al coronavirus.
Eso, o que los políticos de turno conservan la ancestral capacidad inventora para pasar por auxilio lo que en economía es subsidio, y ¡ay si no solapada tercería!
Un pleito en la Asamblea Legislativa reveló la semana pasada la propuesta de un grupo de diputados para aprobar la condonación, si no, quizás habría pasado inadvertida entre la barahúnda de la ley de empleo público, el acuerdo con el FMI y las ocurrencias diarias a que nos tienen acostumbrados ciertos diputados y diputadas.
El proyecto es el 21965 y se titula Ley de apoyo a beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo ante emergencia por covid-19.
De acuerdo con la exposición de motivos, la intención del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), solicitante de la obra pía, es proteger «las empresas, sus encadenamientos relacionados y por ende los empleos directos e indirectos involucrados, que están siendo afectados a partir de la crisis generada por la covid-19».
Una inexactitud adorna el proyecto: la inmensa mayoría de los créditos fueron otorgados por el Fideicomiso de Reconversión Productiva 520-001 CNP/BNCR, el Fideicomiso 5001-001 Incopesca/Banco Popular, el Fideicomiso 05-99 MAG/PIPA/Bancrédito, el Fideicomiso para la Protección y el Fomento Agropecuarios para Pequeños y Medianos Productores (Fidagro) y el Fideicomiso 248 MAG/BNCR para el Financiamiento del Proyecto de Crédito y Desarrollo Agrícola para Pequeños Productores de la Zona Norte (PPZN), que pasaron a manos del SBD cuando este fue reformado, en el 2014.
También saldrían favorecidos los deudores del Programa Especial Mejoramiento de la Productividad y Competitividad de los Pequeños Productores de Arroz y del Programa de Fortalecimiento de la pequeña empresa Bancrédito-Proagroin y el Programa de Atención de Zonas Afectadas por Sismos (Prazas).
El proyecto contempla la devolución de fincas rematadas, si no fueron adjudicadas aún, el pago de abogados, todo gasto frecuente en estos negocios y el expediente sin mancha para no afectar a los eficientes productores y permitirles seguir solicitando créditos como estos.
Declarado secreto. Los diputados más responsables, con buenas razones, detuvieron el trámite y solicitaron más información, pues leer en el documento enviado por el SBD una advertencia como la siguiente produce el efecto de quien se enfrenta de nuevo al proceso teratológico clientelista: «Se adjunta la lista con los nombres y números de cédula de los beneficiarios, sin indicarse montos de las operaciones por tratarse de información sensible. Se hace la advertencia de que se facilita con el fin de que pueda ser revisada por los diputados, de que los beneficiarios tengan acceso a la condonación y que se cumpla la finalidad que persigue el proyecto de ley; en este contexto, se solicita que el acceso a la información sea restringido únicamente para los diputados con el fin señalado, y que se les indique al momento de compartirles la información que se trata de información confidencial que no debe trascender a terceros ni ser utilizada para otros fines diferentes al señalado».
El sigilo tiene como fin impedir a la población enterarse de cuánto prestaron a la población «más vulnerable» del país: emprendedores, microempresarios, pymes y micros, pequeños y medianos productores agropecuarios, así como a quienes pertenecen a los modelos asociativos.
Además, como ordena la ley del SBD, «se da prioridad a mujeres, adultos mayores, minorías étnicas, personas con discapacidad, jóvenes emprendedores, asociaciones de desarrollo, cooperativas, los consorcios pyme, proyectos de zonas de menor desarrollo relativo y aquellos proyectos que incorporen o promuevan el concepto de producción más limpia».
La discreción privará a los aportantes de los fondos —principalmente ahorrantes en los bancos del Estado— conocer el rostro de alguna viejecita o de algún viejecito sembradores de una parcela, hoy en ruina debido al coronavirus, emergido en el 2014, no en el 2020 como nos han querido hacer creer.
Ayer y hoy en la historia. En los pasados 20 años, fueron aprobadas 13 leyes para perdonar deudas total o parcialmente a productores como estos.
La Ley 8047, del 20 de noviembre del 2000, por ejemplo, autorizó al Consejo Nacional de Producción la cancelación de intereses y gastos legales adeudados por pequeños y medianos productores agropecuarios. El monto ascendió a ¢1.000 millones.
El 9 de noviembre del 2001 entró en vigor la Ley 8147 para la compra y readecuación de las deudas por pérdida de cultivos ubicados en zonas afectadas seriamente por fenómenos naturales o por problemas tanto de precios como de mercado, acaecidos entre el 1.° de enero de 1994 y el 31 de diciembre del 2000. El monto máximo en mora debía ser ¢14 millones.
El 27 de noviembre del 2002 fue aprobada una reforma para aumentar el monto de la «compra y readecuación» a ¢15 millones.
El 27 de diciembre del 2004, mediante la Ley 8427, hubo otra concesión: las deudas posteriores al 1.° de enero de 1994 y hasta el 31 de diciembre del 2002 también eran susceptibles de condonación.
El 18 de mayo del 2006 la Ley 8509 permitió incluir a quienes sufrieron pérdida de cultivos ubicados en zonas seriamente afectadas por fenómenos naturales o problemas, tanto de precios como de mercado, sucedidos antes del 31 de diciembre del 2003. También tenía como fin «posibilitar la reactivación económica de los beneficiarios del Fideicomiso para la Protección y el Fomento Agropecuario para Pequeños y Medianos Productores (Fidagro)». Si esto último le suena familiar, es porque aparece también en la ley que dio origen al pleito en el plenario la semana pasada.
En mayo del 2006 los ahorrantes concedieron, sin saberlo, autorización al Instituto Nacional de Fomento Cooperativo y al Programa Integral de Mercadeo Agropecuario para que condonara las deudas a la Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples El Silencio, por ¢374 millones aproximadamente.
El 10 de mayo del 2010 fue aprobado «el apoyo y el fortalecimiento del sector agrícola, por medio de la condonación del saldo de las deudas de pequeños y medianos productores agropecuarios correspondiente al veinte por ciento de las operaciones constituidas con el Fidagro (va de nuevo), así como las deudas correspondientes a fondos reembolsables y no reembolsables formalizadas bajo el sistema de Fideicomiso de Reconversión Productiva».
Para no cansarlos, termino con la Ley 9037, promulgada en marzo del 2012, para que el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) condonara las deudas, los intereses, los honorarios y las pólizas del Sistema de Crédito Rural conocido como caja agraria. Las otras son más recientes: junio del 2013, noviembre del 2016, febrero del 2019 y febrero del 2020.
Dos décadas ayudando a viudas y huérfanos anónimos, porque en las leyes no figuran quiénes fueron y tampoco los montos, y, con ello, se ha cometido la crueldad de arrebatar a los donantes costarricenses la satisfacción de ver las caras felices de los receptores. Así no se vale.
gmora@nacion.com
La autora es editora de Opinión de La Nación.