Trabajo

¿Quiere ir a votar? Patrono debe darle permiso con goce de salario

Elecciones municipales 2024 se realizarán el próximo 4 de febrero

material electoral que se utilizará el próximo 04 de febrero
12 de enero del 2024. Bodegas del Tribunal Supremo de Elecciones en San Rafael Arriba de Desamparados. El Tribunal Supremo de Elecciones presentó a la prensa el material electoral que se utilizará el próximo 04 de febrero en las elecciones de alcaldes y demás representantes de los gobiernos locales. En la foto: Tomas generales de todos los implementos que serán usados durante las elecciones. Foto: Albert Marín para la Nación. Albert Marín

Los patronos tienen la obligación de otorgar un permiso con goce de salario a los trabajadores para que acudan a votar, en las elecciones municipales del próximo domingo 4 de febrero.

De acuerdo con el artículo 69 del Código de Trabajo, todo patrono tiene la obligación de “conceder a los trabajadores el tiempo necesario, sin reducción de salario, para el ejercicio del voto en las elecciones populares y consultas populares bajo la modalidad de referéndum”.

Asimismo, a aquellas personas que desempeñen funciones durante las elecciones municipales, en calidad de miembros de juntas receptoras de votos también se les debe conceder el permiso con goce salarial.

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