
A partir de mañana se espera que las notificaciones judiciales se hagan con mayor agilidad y que la duración de los procesos legales se reduzca hasta en un 30%.
Lo anterior como consecuencia de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Notificaciones.
Esta normativa amplía el número de medios para realizar las comunicaciones judiciales; por ejemplo, introduce la posibilidad de hacerlo a través del correo postal.
También impulsa el aprovechamiento de las tecnologías.
El magistrado Luis Guillermo Rivas, coordinador de la Comisión de Notificaciones, explicó que existirá la posibilidad de que la primera notificación se envíe por correo electrónico.
“En caso de que no se disponga de esa tecnología se pueden entregar las notificaciones en estrados o por casillero”, agregó.
Los promotores de la iniciativa, señalan además que esta pondría un alto a las acciones deliberadas de ciudadanos que pretendan evadir notificaciones de demanda.
Por ejemplo, a aquellos que se “esconden” para no ser informados sobre su responsabilidad de pago de pensión alimentaria.
Localizables. La ley también establece que las personas deben tener actualizada su dirección postal; para ello da un plazo de un año, a partir de mañana, para que cada quien haga las modificaciones correspondientes en el Registro Civil.
En el caso de que los ciudadanos no reporten el cambio de domicilio y no sean encontrados en el lugar originalmente consignado, se les nombrará un curador procesal para que enfrente el juicio en su representación.
Además, cuando se requiera notificar a personas que viven o laboran en zonas donde se le impida el ingreso al notificador (condominios, residenciales o fábricas), la legislación establece que el aviso podrá dejarse en manos del encargado de regular el acceso.
Tecnologías. La fijación de domicilio electrónico permanente es otro de los aspectos innovadores.
Las personas físicas y jurídicas interesadas podrán consignar al Poder Judicial una dirección única de correo electrónico para recibir las resoluciones sobre cualquier asunto judicial .
Esta fijación podrá ser modificada o revocada en cualquier tiempo por la persona interesada.
Además, se le otorga la potestad al Consejo Superior del Poder Judicial para reorganizar los mecanismos de notificación y crear la Oficinas Centrales de Notificaciones en los distintos circuitos judiciales para efectuar las comunicaciones.