
La Corte Interamericana de Derechos Humanos llamó nuevamente al país a rendir cuentas sobre sus acciones para cumplir con la sentencia que le impuso en 2004.
La obligación dio origen al informe que la Procuraduría General de la República, como representante jurídico del Estado, entregó el 15 de octubre al tribunal internacional.
En el documento, se destaca el avance en la Asamblea Legislativa del proyecto de ley para crear los tribunales de apelación en materia penal.
Con ese plan se intenta llenar las exigencia de la Corte Interamericana de adecuar el ordenamiento jurídico costarricense a lo establecido en el artículo 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Esa norma otorga a toda persona inculpada de delito el “derecho de recurrir el fallo ante juez o tribunal superior”.
“Dicho proyecto de ley se encuentra bastante avanzado a la fecha dentro de la corriente legislativa y ha recibido dictamen afirmativo de mayoría”, expresó en su informe el procurador penal José Enrique Castro.
Para suerte del Estado el dictamen se produjo apenas 11 días antes del informe, el 6 de octubre. Ese día la Comisión de Asuntos Jurídicos dictaminó el proyecto pese a que se trataba de un texto sustitutivo que recién ingresaba.
Ahora la iniciativa pasa en la agenda del plenario, donde desde ahora algunos diputados pronostican un intenso debate.
“Como a cualquier otra iniciativa cuanto más aportes se le hagan será positivo, pero yo creo que a ningún diputado le queda la menor duda de que es absolutamente necesario para cumplir con el requisito exigido por la Corte Interamericana”, manifestó el diputado liberacionista Jorge Méndez.
Fue ese legislador quien introdujo el proyecto a la corriente legislativa en diciembre de 2008.
Pendiente. El informe de la Procuraduría fue solicitado por la Corte tras la audiencia del 9 de julio, donde la Corte determinó que Costa Rica persistía en el incumplimiento de la sentencia por el caso del periodista Mauricio Herrera Ulloa, de julio de 2004.
Un primer intento por cumplir con la orden emitida por la Corte fue la Ley de apertura de la casación penal, emitida en el 2006.
Esa legislación flexibilizó la admisibilidad del recurso de casación y amplió la posibilidad de revisar prueba en ese proceso.
Para la Corte Interamericana, sin embargo, el esfuerzo fue insuficiente. Es decir, que aún el país carece de una instancia o tribunal que asegura la revisión integral de las sentencias.
Este vacío es el responsable de que continuarán presentándose ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos demandas contra el país.
Hasta agosto se hablaba de cerca de 400 casos, los cuales están actualmente en estudio.
Tras estudiar la naturaleza de los reclamos, la Corte determinará si alguna de esas demandas debe ser elevada ante la Corte Interamericana
