
La Sala Constitucional anuló la obligación de que los médicos deban registrar diagnósticos y datos sensibles de pacientes en una plataforma administrada por terceros para acceder a medicamentos antimicrobianos.
Los magistrados declararon con lugar una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 13 del Decreto Ejecutivo n.° 44714-S. El fallo del tribunal da la razón al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica y a la Asociación Cámara Costarricense de Médicos y Cirujanos.
Los magistrados anularon los incisos l), m) y n) del reglamento que regula la receta digital para medicamentos antimicrobianos. El tribunal determinó que exigir el registro de diagnósticos clínicos, fecha y resultados de cultivos y alergias medicamentosas para acceder a esa medicación violentaba derechos fundamentales de los ciudadanos.
La sentencia voto 2026-015323 se emitió el pasado 29 de abril.

El Colegio de Médicos sostuvo desde mayo de 2025 que la medida representaba una violación a la esfera privada de las personas. Entre los datos sensibles mencionados por el Colegio destacan diagnósticos de VIH u otras condiciones privadas.
Según ese colegio profesional, la resolución judicial protege el secreto profesional y el derecho a la intimidad en la relación médico-paciente, pues la exposición de datos clínicos a personas ajenas al acto médico o a intermediarios tecnológicos carecía de controles adecuados.
“Este fallo es un gran triunfo para los pacientes, ya que el gremio médico busca proteger los datos sensibles. Se ha sentado un precedente vital donde el control administrativo del Estado no puede estar por encima de la privacidad y la salud de los costarricenses”, señaló el Dr. Elliott Garita Jiménez, presidente del Colegio de Médicos y Cirujanos.
