Política

‘Ley jaguar’: TSE no consultó a Sala IV sobre contrataciones a dedo

Tampoco sometió a examen los párrafos que, según la Contraloría, eliminarían los controles preventivos sobre el uso de recursos públicos

TSE Entrega de credenciales a Alcaldes electos
11/04/2014, San José,Auditorio del Tribunal Supremo de Elecciones, TSE Entrega de credenciales a Alcaldes electos en comicios municipales recién celebrados. Fotografía: Marvin Caravaca. Marvin Caravaca

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) omitió consultar a la Sala IV la constitucionalidad de un artículo de la “ley jaguar” que permitiría contratar obras públicas a dedo, de acuerdo con el criterio de la Contraloría General de la República (CGR).

Se trata del artículo 8, el cual modificaría el artículo 67 de la Ley de Contratación Pública (LGCP). Es parte del plan que el gobierno quiere llevar a referéndum.

La Contraloría explicó que, con esta reforma, se permitiría contratar y arrendar inmuebles para obras públicas sin realizar un concurso abierto, lo cual limita la participación de más oferentes.

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