El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) creó una sección especializada para resolver, en primera instancia, las denuncias sobre beligerancia política cotra jerarcas públicos.
El despacho verá los casos de cancelación de credenciales, por faltas graves, de alcaldes, vicealcaldes, regidores, síndicos, concejales e intendentes.
La sección la integrarán tres magistrados suplentes que serán nombrados cada semestre.
El letrado del TSE, Andrei Cambronero, explicó que el objetivo de la reforma es que los recursos de reconsideración, que pueden presentar los funcionarios investigados, sean resueltos por magistrados diferentes.
Antes, eran los mismos magistrados propietarios quienes sentenciaban y quienes resolvían las apelaciones. Ahora, los suplentes se encargan de la primera instancia y los propietarios de la segunda.
Proceso. Según el letrado, así se garantizan derechos establecidos en convenciones internacionales para los procesos de investigación a personas.
En cuanto a la cancelación de credenciales, la nueva sección solo verá los casos en que hay disputa. Es decir, se excluyen las cancelaciones por defunción y renuncia o en las que, por ausencias injustificadas o cambio de domicilio, el funcionario municipal involucrado no se oponga a la cancelación.
El nombramiento de los tres magistrados suplentes conllevaría un costo que oscilará entre los ¢500.000 y los ¢900.000 mensuales, dependiendo de la cantidad de veces que sean llamados a sesionar para resolver casos.
La etapa de investigación de los casos de beligerancia y cancelación de credenciales sigue a cargo de la Inspección Judicial.
Normativa. El artículo 146 del Código Electoral prohíbe a los empleados públicos dedicarse a trabajos o discusiones de carácter político electoral durante horas laborales y utilizar sus cargos para beneficiar a un partido.
Ese mismo numeral establece que los altos jerarcas del sector público y los empleados de algunas instituciones no podrán participar en actividades de partidos políticos o utilizar sus influencias para favorecerlos, así como hacer ostentación partidista de ningún tipo.
En la lista de los funcionarios que tienen dicha prohibición están el presidente de la Repúblicas, los vicepresidentes, los ministros y viceministros, los miembros del Servicio Exterior, el contralor y subcontralor general, el defensor y defensor adjunto de los habitantes, los presidentes ejecutivos, los miembros de juntas directivas, los oficiales mayores de ministerios, los policías y agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), así como los magistrados, entre otros.
El Código establece que el retiro de credenciales de los funcionarios municipales ocurrirá cuando sean denunciados y esas acusaciones sean probadas, cuando se ausenten de sus cargos, por delitos contra la Hacienda Pública y por violar la zona marítimo- terrestre.