La Junta de Protección Social (JPS) pagó sobreprecios en bienes y servicios adquiridos mediante contrataciones administrativas, esto debido a que la institución no siguió una directriz para realizar los procesos de compras e incumplió con la Ley de Contratación Administrativa.
Según una auditoría de la Contraloría General de la República (CGR), entre el 2018 y 2021 se identificaron 73 líneas de contratación en las que la JPS pagó un valor de adjudicación que superó, hasta dos veces, el promedio de los precios observados en bienes similares en el resto del sector público.
Para esto la Contraloría comparó los precios adjudicados por la JPS con los precios de mercado establecidos en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) en esos tres años.
Los sobreprecios pagados por la JPS se deben a que esa entidad modificó las disposiciones de la directriz RM-20-2016 del 4 de agosto de 2016, denominada “Directriz administrativa para la definición y evaluación económica de precios máximos y mínimos en las ofertas presentadas en los procedimientos de contratación administrativa”.
Esta modificación consistió en obtener un promedio únicamente de los precios especificados en las ofertas recibidas, dejando de utilizar el promedio de los precios de mercado como parámetro.
De esta forma, por ejemplo, si la JPS recibía 10 ofertas por un bien, el precio promedio se sacaría entre esas 10 propuestas, sin importar que todas superaran el valor del mercado que tiene el SICOP.
Además, la CGR evidenció que en el 39% de los expedientes revisados no se cumplió a cabalidad con la modificación establecida por la Administración de la JPS para excluir las ofertas del proceso de contratación, ya que a pesar de que sobrepasaron los precios, las ofertas fueron justificadas y aceptadas para continuar el proceso de contratación.
Según los lineamientos internos modificados por la JPS, deben quedar excluidas las ofertas que presenten un precio 20% más alto de la oferta a recomendar y el valor promedio de las ofertas recibidas en el concurso. No obstante, dichos lineamientos también incumplen con la Ley de Contratación Administrativa, la cual establece que deben descartarse las ofertas que excedan los precios de mercado.
Esto ocasionó que la JPS no solo calculara y adjudicara contratos con valores superiores a los del mercado, sino que también aceptó que dichas ofertas superan el 20% del precio promedio.
“Esto pone de manifiesto la necesidad de fortalecer aquellos controles periódicos que permitan garantizar la razonabilidad de los precios y una aproximación de los mismos a las condiciones de mercado; además de valorar aquellos determinantes particulares de cada contratación que configuran elementos que afectan los precios fijados”, recalcó la CGR.
Por otra parte, el órgano contralor determinó que no se evidencian acciones efectivas para identificar comportamientos anómalos de los funcionarios de la JPS con los proveedores. Tampoco se encontró definido un objetivo específico que propicie el análisis del comportamiento de las adjudicaciones repetitivas en favor de ciertos oferentes, para identificar posibles patrones anómalos en la adjudicación de determinado bien.
Asimismo, el ente contralor encontró incongruencias en la documentación de las contrataciones de bienes, entre ellas observó que los expedientes electrónicos del SICOP poseen secciones incompletas, como facturas que no se cargaron, contratos y documentos en formato editable y sin firma.
Al respecto, la JPS alegó que no se encontraron anomalías, sino que son “ámbitos de mejoras de procedimientos internos”.
“Cada recomendación de la CGR está siendo analizada en el entendido del que el ente contralor encontró algunos espacios de mejora en los procedimientos internos de contratación que evidentemente van a contribuir con su fortalecimiento”, explicó Marilyn Solano Chinchilla, Gerenta general de la JPS.
JPS no pide plazos en contratos
La auditoría practicada por la Contraloría detectó que los plazos de los procedimientos de contratación de bienes no se cumplen en todos los casos, además, existe carencia de controles que permitan dar seguimiento a los contratos.
Esta situación produjo que 26 de las 40 líneas auditadas por la CGR no contaran con plazos en el cartel o en las condiciones; mientras que en 23 líneas no se justificó el tiempo transcurrido entre la fecha de solicitud de contratación y la fecha de adjudicación, y en 29 se incumplió con el cronograma de actividades y plazos definidos para todo el proceso de contratación.
Al respecto, el ente contralor explicó que dichas fallas se alejan de la Ley de Contratación Administrativa, la cual establece que el acto de adjudicación deberá ser dictado dentro del plazo establecido en el cartel y no podrá ser superior al doble del plazo fijado para recibir ofertas.
“Esta situación evidencia que la Administración Activa no ha definido mecanismos de control, que permitan dar seguimiento en procura del cumplimiento de los plazos establecidos para los procedimientos de contratación de bienes, de manera que existan controles que alerten sobre este tipo de situaciones”, aseveró la auditoría.
Indicó que estas falencias incrementan el riesgo de una “afectación negativa en la continuidad de las operaciones “y en los tiempos de producción, ya que los atrasos podrían conllevar a detener algún proceso dentro de la institución por la falta de inventario; además, aumenta el riesgo de que los costos puedan incrementarse y, por ende, la JPS deba destinar más recursos para la adquisición de un bien.