El Gobierno convocó al Congreso un proyecto de reforma constitucional que antepone el equilibrio de las finanzas públicas sobre la autonomía de instituciones como las universidades públicas, municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Dicha iniciativa, presentada en octubre del 2020 por el entonces diputado liberacionista Wagner Jiménez, propone modificar al artículo 176 de la Carta Magna para que se indique que el “principio de equilibrio financiero prevalecerá sobre los principios de las autonomías constitucionalmente garantizadas”
De acuerdo con su justificación del texto, la enmienda procura evitar que se creen instituciones y programas en el sector público con recargo al Presupuesto Nacional, sin que antes se haga una verificación sobre la disponibilidad de recursos suficientes para avalarlos.
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“Las municipalidades, las universidades públicas y la Caja Costarricense del Seguro Social, son parte de ese ámbito del sector público cobijado por principios de autonomía constitucional que han mostrado resistencia a la hora de aplicar la regla fiscal y por tanto, respetar el cumplimiento del principio de equilibrio financiero”, añade la argumentación.
La regla fiscal es una norma que contiene el aumento del gasto público de acuerdo con el incremento de la deuda pública. Para este año, el techo establecido para el crecimiento del gasto corriente y de capital es de un 1,96%.
El proyecto planteado por Jiménez prohibiría la creación de nuevas instituciones y programas sin la autorización previa de la Contraloría General de la República (CGR). Cuando este ente sí lo autorice, añade la propuesta, deberá certificar “que el financiamiento no sea con recargo al Presupuesto Nacional”.
De ese modo se ajustaría el numeral actual del artículo 176 que, en su primer párrafo, indica que la gestión pública “se conducirá de forma sostenible, transparente y responsable, la cual se basará en un marco de presupuestación plurianual, en procura de la continuidad de los servicios que presta”.
También estipula que el presupuesto ordinario de la República comprende todos los ingresos probables y todos los gastos autorizados de la Administración Pública, durante todo el año económico. “En ningún caso, el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables”, indica.
El texto de Jiménez elimina el primer párrafo del artículo, deja intacto el segundo y añade el siguiente: “Las Municipalidades y las instituciones descentralizadas observarán las reglas anteriores para dictar sus presupuestos”.
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Para que avance la reforma constitucional, deberá ser leída tres veces en el plenario legislativo, con intervalos de seis días, para resolver si se admite o no a discusión, según lo establece el Reglamento Legislativo. Para admitirse requiere de una aprobación de mayoría simple del plenario (29 votos).
Una vez admitida, la iniciativa deberá ser enviada a comisión para que siga el proceso de dictamen y aprobación en dos debates en el plenario, siempre que sea avalada en cada etapa por los legisladores.
Complementa la regla fiscal
El exdiputado Jiménez sostuvo que, por ahora, existe “una confusión e interpretaciones propias” que finalizan en análisis extensos en tribunales y en la Sala Constitucional, lo que impide acatar en tiempo real las medidas de contención del gasto público y un buen manejo de la deuda pública.
“Si fortalecemos el equilibrio financiero este prevalecerá sobre las autonomías constitucionalmente garantizadas y nos aseguraremos que el país no continuará gastando lo que no tiene, y no endeudaremos a las próximas generaciones”, apuntó el exdiputado.
Rubén Hernández, abogado constitucionalista, aclaró que los porcentajes del Presupuesto Nacional definidos por la Constitución, como el 8% para la educación, no está en juego con esta propuesta de reforma.
“Lo que se trata de evitar, como lo han hecho las municipalidades y las universidades (públicas), es que se quieran salir de la regla fiscal y de cualquier otra restricción presupuestaria que establezca el legislador. Esta reforma es la primera estructural en materia de contención al gasto público en muchos años.
“Además, la última parte es aún más importante, pues, impide que se siga con el vicio de crear nuevas instituciones o programas dentro de ellas y financiarlas vía presupuesto. Esta es una de las causas de la proliferación de nuevas instituciones y nuevos programas sin contenido económico que han venido a aumentar exponencialmente el gasto público”, señaló el experto.
Hernández recordó que las universidades públicas plantearon en 2019 una acción de inconstitucionalidad contra la regla fiscal aprobada dentro de la reforma tributaria del 2018.
Esta acción no ha sido resuelta por la Sala Constitucional. En ella, el Consejo Nacional de Rectores (Conare) solicitó a los magistrados que declaren inconstitucional seis artículos del título IV de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Los rectores alegaron que la norma supedita el Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior Universitaria Estatal (FEES) al cumplimiento de la regla fiscal, a pesar de que “es un presupuesto que tiene un origen y un régimen de fijación y determinación constitucional propios, que la ley ordinaria no puede abolir ni derogar”.
Mientras los magistrados resuelven, las universidades públicas aplican la regla fiscal en sus presupuestos.
En tanto, a principios de año, la Contraloría detectó que 61 municipalidades incrementaron sus presupuestos por encima del tope del 1,96% definido por regla fiscal para el 2022.
Sin embargo, los gobiernos locales no están sujetos a esa norma de control presupuestario que limita el crecimiento del gasto público en situaciones de crisis fiscal como ahora, salvo en el caso de las transferencias que recibe del Gobierno Central.
