
El calendario del 2026 continúa marcando las fechas clave para el descanso laboral y la organización de actividades en distintos sectores. Tras el paso del feriado de abril, el siguiente día libre en el país llegará en mayo y permitirá un respiro en la rutina semanal.
Este nuevo feriado sí coincidirá con el cierre de semana, lo que generará un periodo de descanso más amplio para una parte importante de la población trabajadora.
Cuándo será el próximo feriado
El próximo feriado del 2026 será el viernes 1 de mayo, en conmemoración del Día del Trabajador.
Esta fecha tiene carácter de pago obligatorio, conforme a lo establecido en el Código de Trabajo.
Al coincidir con viernes, este feriado se unirá con el sábado 2 y el domingo 3 de mayo, lo que dará paso a un fin de semana largo de tres días.
Se trata de uno de los pocos periodos de descanso extendido del año, debido a la forma en que quedaron distribuidos los feriados en el calendario.
Qué implica para las personas trabajadoras
En los feriados de pago obligatorio, las personas trabajadoras reciben el salario del día aunque no laboren. Si deben trabajar, el patrono debe reconocer un pago doble.
La asistencia no es obligatoria, salvo en las actividades permitidas por ley, como servicios esenciales o sectores específicos.
El fin de semana largo suele generar mayor movilización interna, especialmente hacia destinos turísticos. Sectores como comercio, transporte y hospedaje ajustan horarios y operaciones ante el aumento en la demanda.
Qué viene después en el calendario
Luego de esta fecha, el calendario continuará con otros feriados distribuidos a lo largo del año, algunos entre semana y otros durante fines de semana.
- Anexión del Partido de Nicoya: sábado 25 de julio. Pago obligatorio.
- Virgen de los Ángeles: domingo 2 de agosto. Pago no obligatorio.
- Día de la Madre: sábado 15 de agosto. Pago obligatorio.
- Día de la Persona Negra y Cultura Afrocostarricense: lunes 31 de agosto. Pago no obligatorio.
- Independencia de Costa Rica: martes 15 de setiembre. Pago obligatorio.
- Abolición del Ejército: martes 1 de diciembre. Pago no obligatorio.
- Navidad: viernes 25 de diciembre. Pago obligatorio.