El País

¿El feriado del 1.° de mayo se traslada y es de pago obligatorio? Esto dice la ley

El día del Trabajador debe disfrutarse el viernes 1.° de mayo de 2026 sin traslado, según el Código de Trabajo

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El 1.° de mayo es feriado obligatorio y no se traslada. La ley define cómo debe pagarse si se trabaja ese día.
El 1.° de mayo es feriado obligatorio y no se traslada. La ley define cómo debe pagarse si se trabaja ese día. (Canva stock/graphixchon de Getty Images/Janusz Pienkowski Images)







Jailine González Gómez

Jailine González Gómez

Bachiller Comunicación con énfasis en Periodismo por la Universidad de Costa Rica. Cursó estudios en Ingeniería en Computación en el Tecnológico de Costa Rica. Ha colaborado en proyectos de investigación sobre cultura digital y el uso social de la tecnología.

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