De los 232 docentes investigados por haber salido del país durante la huelga de tres meses del año pasado, 137 resultaron absueltos en los procesos administrativos.
“No se les logró determinar la falta que les fue imputada”, informó el Ministerio de Educación Pública (MEP) ante consultas de La Nación.
De acuerdo con la institución, durante las investigaciones, los docentes lograron demostrar, por medio de su defensa, que “contaban con la justificación válida” para viajar entre el 10 de setiembre, día en que comenzó la manifestación contra la reforma fiscal, hasta final del 2018, cuando terminó. No detallaron los términos de esas justificaciones.
En todos esos casos se trató de funcionarios interinos.
Entretanto, en referencia a los docentes en propiedad, todavía hay 45 gestiones de despido planteadas ante el Tribunal de Servicio Civil. De esas, 15 ya fueron resueltas con órdenes de destitución sin responsabilidad laboral.
Por realizar estos viajes durante el periodo de huelga, habían sido despedidos 19 docentes interinos, por decisión del entonces ministro Edgar Mora,
El MEP desconoce en qué situación se encuentran otros 50 casos.
Además, de todos los investigados, cinco fueron reinstalados como medida cautelar dictada por una autoridad judicial.
"Los procesos disciplinarios que se tramitaron contra funcionarios por salida del país en periodo de huelga, se iniciaron en el mes de octubre del año anterior; en el caso de los funcionarios interinos, el procedimiento se hizo a lo interno del Ministerio, y dichos ceses de interinidad fueron firmados por el anterior ministro de Educación, lo cual conlleva a que se resuelvan en plazos muy cortos.
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“Respecto a los casos de los funcionarios propietarios a quienes se les tramitó el proceso de gestión de despido ante el Tribunal de Servicio Civil, si bien en es cierto que en aquel momento dichas solicitudes fueron firmadas por el anterior ministro, una vez que sean acogidos los despidos y estén en firme, corresponderá a la actual ministra de Educación (Guiselle Cruz) su ejecución”, explicó el Ministerio.
El hecho de vacacionar cuando supuestamente se está en huelga constituye una falta porque, el movimiento implica un suspensión colectiva y temporal del contrato de trabajo que debe ser concertada y pacífica. Como había explicado el abogado laboralista Marco Durante, al ser concertada entre los trabajadores implica que ellos van a apoyar las manifestaciones y actos propios de la huelga.
No se pueden convertir en vacaciones porque estas tienen un fin distinto.
Proceso disciplinario
Para iniciar un proceso disciplinario contra algún funcionario, ya sea interino o propietario, es necesaria la interposición de una denuncia para que se investigue si hubo una falta.
La solicitud de investigación se traslada a la Unidad de Procedimientos Especiales del MEP, la cual notifica al denunciado sobre el hecho que se le atribuye.
Luego de la notificación, el implicado tiene 10 días hábiles para contestar.
Es durante la fase de audiencias cuando se convoca a las partes, es decir, denunciado y Administración. La Unidad de Procedimientos hace un análisis del expediente y emite una resolución que puede ser el archivo del caso, la suspensión sin goce de salario o incluso el despido del trabajador.
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Si Procedimientos Especiales recomienda el cese del funcionario, el ministro de Educación puede proceder al despido inmediato si se trata de un docente interino. Si es propietario de la plaza, el caso se debe enviar al Tribunal de Carrera Docente.
Ese tribunal, al ser un órgano de control de la legalidad, revisa que todo se haya apegado a las normas y, si es así, autoriza al jerarca a gestionar el despido ante el Tribunal de Servicio Civil, donde se reinicia el proceso para verificar los hechos denunciados, para finalmente decidir si se despide o no al docente.
Aun si este Tribunal recomienda despedir al funcionario en propiedad, este todavía puede acudir como última instancia al Tribunal Administrativo, que es un órgano desconcentrado del Ministerio de la Presidencia.