Cuando regresen las clases presenciales, ya los docentes no van a poder realizar boletas a sus alumnos, hombres o mujeres, por el largo o corte de cabello que lleven.
En una circular emitida el 6 de julio anterior, la ministra de Educación, Guiselle Cruz, ordenó que se elimine del reglamento toda referencia a “cortes de cabello permitidos”, “estilos de cabello permitidos”, “largo de cabello permitido”, o cualquiera otra forma de sintaxis similar.
La decisión se fundamentó en la protección de los derechos estudiantiles.
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“En virtud de calificarse como restricciones al ejercicio del libre desarrollo de la personalidad, el derecho de autodeterminación de la imagen, la identidad de género, la integridad y la intimidad de las personas estudiantes; (se ordena) la desaplicación inmediata de las directrices, circulares o cualquier comunicado específico en el tema”, se lee en la circular DM-0030-07-2020
El MEP dio un mes a los centros educativos para que realicen las modificaciones necesarias, a partir de esta circular. El MEP informó que esta directriz no aplica para centros privados.
Con esta decisión, se acaban las disputas entre docentes y alumnos por el uso del cabello.
El 2015, el Ministerio de Educación Pública (MEP) tuvo que intervenir para que el director del Liceo de Escazú le permitiera a un alumno afrodescendiente el uso de dreads, esto ante la solicitud de su madre.
Lo anterior se fundamentó jurídicamente en el Código de la Niñez y la Adolescencia, el cual establece que la educación debe estar orientada al desarrollo pleno de las potencialidades, respetando los derechos y el cumplimiento de los deberes de la población estudiantil.
También en julio de 2018, un fallo de la Sala Constitución ordenó a un colegio permitir a un estudiante asistir a clases con cabello largo, el mismo que había recuperado tras pasar por un tratamiento contra la leucemia.