
Las llamadas “batallas de aura” pasaron de las redes sociales a los centros educativos y obligaron a varias instituciones a fijar reglas ante una práctica que ganó popularidad entre estudiantes. Algunos colegios optaron por prohibir estas actividades debido al riesgo de desorden, conflictos, exposición en redes sociales y afectaciones a la convivencia.
Este viernes 21 de agosto, el Ministerio de Educación Pública (MEP) marcó una diferencia frente a esas prohibiciones. La cartera indicó que no corresponde prohibir ni sancionar una expresión juvenil únicamente por llamarse “batalla de aura” o por “farmear aura”. Señaló que cada caso debe analizarse por la conducta de los estudiantes y sus consecuencias.
Previamente, varios centros educativos difundieran comunicados para restringir estas dinámicas. Entre ellos figuran el Liceo de Paraíso, el Colegio Dr. Ricardo Moreno Cañas, el Colegio San Luis Gonzaga, el Colegio Técnico Profesional de Upala y el de Guararí, según publicaciones divulgadas por esas instituciones.
Una de estas instituciones alegó que ese tipo de actividades interrumpían las clases, alteraban el orden y podían provocar conflictos. También advirtió de posibles consecuencias cuando las “batallas” se grababan y afectaban la imagen de las personas involucradas.
Otra casa de enseñanza explicó que la decisión buscaba prevenir situaciones de acoso escolar y ciberacoso, así como la difusión de memes, fotografías, videos o contenidos capaces de ridiculizar, exponer o humillar a estudiantes.
Por otro lado, un centro educativo dejó abierta la posibilidad de realizar actividades organizadas por estudiantes. Para ello, solicitó presentar una propuesta formal con fecha, lugar, cantidad estimada de participantes y medidas para mantener el orden. La Dirección determinaría posteriormente la viabilidad del evento.
MEP dice que no se debe sancionar solo por ‘farmear aura’
El ministro de Educación, José Leonardo Sánchez Hernández, comunicó este viernes la posición oficial del MEP. El jerarca señaló que el nombre de esta expresión juvenil no constituye por sí mismo una razón para prohibirla o sancionarla.
El Ministerio considera que “farmear aura” constituye, en principio, una actividad lúdica entre jóvenes.
Sin embargo, aclara que esa consideración cambia cuando la dinámica sirve para humillar, ridiculizar, acosar o discriminar. También procede una intervención cuando pone en peligro a participantes, provoca aglomeraciones riesgosas o interrumpe las lecciones.
El MEP tampoco considera necesario elaborar un protocolo específico para esta tendencia. Según Sánchez, el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y de la Conducta y los protocolos vigentes ya ofrecen herramientas para atender situaciones relacionadas con estas actividades.
Las direcciones de los colegios mantienen la potestad de intervenir ante conductas concretas que afecten la seguridad, la convivencia o el proceso educativo. Cada situación debe examinarse de manera individual, con respeto al debido proceso y bajo criterios de proporcionalidad, según la posición comunicada por el MEP.
El punto central de la directriz es que ningún estudiante debe recibir una sanción únicamente por “farmear aura”. El Ministerio indicó que una medida procede cuando la conducta vulnera derechos, afecta la convivencia, pone a una persona en riesgo o interfiere con el aprendizaje.