La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) planea entregar en marzo la reglamentación para que los intermediarios puedan ofrecer instrumentos de cobertura cambiaria.
La junta directiva del Banco Central aprobó, el 22 de noviembre pasado, el Reglamento para operaciones cambiarias a futuro , el cual permite a las entidades del sistema financiero ofrecer productos de cobertura cambiaria al público.
No obstante, dicho reglamento rige a partir de la vigencia de la reglamentación complementaria que emita el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, que es el órgano superior de las tres superintendencias.
La Sugef labora actualmente en dicha reglamentación complementaria y según Rodríguez, “se espera elevarla a conocimiento del Consejo en marzo del 2007”.
Rodríguez explicó que dicha normativa “regulará las autorizaciones para que los intermediarios financieros puedan participar en el mercado de derivados financieros. Como tal, contendrá disposiciones de orden prudencial para los participantes”.
Los bancos están a la espera del reglamento para comenzar a ofrecer los instrumentos al público.
Fluctuante. Los instrumentos de cobertura surgen como una opción al público tras la implementación, desde el 17 de octubre pasado, del sistema de bandas cambiarias, en el cual el tipo de cambio del colón respecto al dólar puede oscilar entre dos límites.
El reglamento aprobado por el Banco Central permite ofrecer tres tipos de instrumentos: contratos a plazo, permuta cambiaria y permuta de monedas. Los tres posibilitan negociar en el presente transacciones con tipos de cambio futuros.
