El Instituto Nacional de Seguros (INS) deberá corregir las ganancias que reportó en el 2024, reduciéndolas en más de ¢20.000 millones, tal como se lo había instruido la Superintendencia General de Seguros (Sugese).
El 30 de setiembre, el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechazó la medida cautelar solicitada por el INS de suspender instrucción de la Sugese. Así, confirmó la sentencia de primera instancia dictada el 13 de junio.
Además, el Tribunal anuló la medida provisionalísima que había suspendido temporalmente el ajuste contable desde el 24 de junio, como resultado de una segunda apelación de la aseguradora estatal y la revisión del caso por parte de la instancia judicial.
“La suspensión de la orden emitida por la Superintendencia General de Seguros no solo afectaría el interés institucional de la autoridad supervisora, sino que comprometería directamente el interés público vinculado a la transparencia, confiabilidad y disciplina del mercado asegurador”, resolvió el Tribunal.
En mayo pasado, la Sugese ordenó a la aseguradora pública hacer una reversión por un monto de ¢21.479 millones. Si se aplica el requerimiento, la utilidad del INS quedaría en ¢69.000 millones.
La aseguradora estatal confirmó a La Nación que cumplirá con el fallo.
"El INS procederá a cumplir con la orden de la Sugese y realizará el ajuste contable en el plazo concedido. De esta forma, la aseguradora costarricense reafirma su compromiso con la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente", respondió la entidad por medio del departamento de Comunicaciones.
El jerarca de la Sugese, Tomás Soley Pérez, indicó que el ajuste se ordenó por no considerarse adecuado con las normas contables y la normativa del mercado de seguros.
Tras la resolución del Tribunal, Soley, explicó a La Nación que, con la apelación introducida por el INS, el Tribunal detuvo el ajuste contable de forma provisional mientras analizaba el caso.
“En una primera instancia no se aceptó la suspensión de la orden, fue apelado (por el INS) y un segundo juez les dio el beneficio. La semana pasada se realizó la audiencia y se nos comunicó que se levantaba la medida cautelar que se había otorgado inicialmente”, indicó Soley.
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Plazo de 10 días
Tras el fallo, el INS deberá excluir el monto señalado, los ¢21.479 millones, en los estados financieros de 2024.
“Eso implica la sustitución de toda la información financiera desde enero a setiembre (2025), porque cambian”, planteó Soley, quien agregó que se fijó un plazo de 10 días para completar este proceso.
El superintendente subrayó que la decisión tiene un efecto considerable.
“Tiene un gran impacto. Habrá que corregir toda la estadística que se ha generado y ese es uno de los grandes riesgos que se hizo ver al juzgador. Las órdenes del supervisor son para actuar oportunamente y garantizar la transparencia del mercado”, apuntó Soley.
El Tribunal señaló también en su resolución que, como lo advirtió la propia Sugese, permitir que una aseguradora evite temporalmente una orden correctiva mediante una medida cautelar debilita la función supervisora conferida por ley y abre un precedente negativo para la disciplina regulatoria del sector.
“La corrección oportuna de inconsistencias contables no es un interés menor, pues resguardar la veracidad de los estados financieros auditados es una condición indispensable para que los usuarios del mercado —inversionistas, asegurados, patronos y otros actores— tomen decisiones informadas y confiables”, agregó el Tribunal.
Soley enfatizó que las actuaciones de las superintendencias financieras son técnicas y apegadas a derecho. “Judicializar los casos, lo que hace es frenar las acciones oportunas”, advirtió.
INS continuará apelando
La aseguradora estatal confirmó que continuará con el proceso judicial buscando que se declare inválido el acto. “Consideramos que el Instituto Nacional de Seguros tiene razones sólidas que respaldan su posición”, refirió la entidad.
“El Tribunal consideró que la medida cautelar planteada se fundamenta en motivos razonables y que existe un ‘daño calificado de naturaleza potencial’ para el Régimen de Riesgos del Trabajo del INS, al reversar el registro contable del 2024, tal y como lo solicitó la Sugese; no obstante, concluyó que no es viable conceder la medida cautelar”, destacó la empresa aseguradora.
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El recurso de apelación se tramitó bajo el expediente 25-3530-1027, contra la sentencia de primera instancia número 2025005821 del 13 de junio de 2025.
El Tribunal añadió que mantener la medida cautelar prolongaría la permanencia de un asiento contable improcedente y permitiría la difusión de información financiera que podría inducir a error a terceros.
“Ello compromete principios fundamentales de supervisión prudencial, como la transparencia y la estabilidad del sistema, y coloca en tensión un interés puramente institucional o económico del INS frente a un interés general de mayor peso: preservar la confianza pública en la integridad de la información financiera del mercado asegurador”, concluyó el Tribunal.

